Regl. 8640, art. 2-2.12 dup2
Personas y hotel autorizados a explotar la franquicia
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Cite as Reglamento Núm. 8640, Art. 2-2.12 dup2
A.
Sólo el Concesionario y sus empleados podrán operar una sala de juegos. La sala de juegos
no podrá localizarse en un sitio que no sea el designado en la franquicia sin la autorización
previa del Comisionado y de la Compañía. Tampoco el Concesionario podrá reubicar la
sala de juegos dentro del hotel sin la autorización previa de la Compañía.
Ejemplo: Si Empresa X ("Empresa"), propietaria del Hotel H ("Hotel")
solicita y obtiene del Comisionado una franquicia para operar una sala de
juegos en el Hotel, entonces el Concesionario será la Empresa y el Hotel será
el hotel autorizado donde se ubicará la sala de juegos. La Empresa o sus
empleados (exclusivamente los empleados que aparecen en la nómina de
Empresa) serán los únicos autorizados a operar la sala de juegos del Hotel.
Bajo la franquicia concedida a Empresa, en ningún momento podrá Empresa
subcontratar a terceras personas para que administren u operen la sala de
juegos de Hotel.
B. Todo Concesionario deberá ser (i) dueño o poseedor del hotel donde ubica la sala de
juegos, o (ii) administrador u operador del hotel donde ubica la sala de juegos.
Ejemplo 1: Empresa X ("Empresa"), dueña del Hotel H ("Hotel") contrata a
Subcontratista S ("Subcontratista") para operar la sala de juegos que
establecerá en Hotel. Hotel es operado por Subcontratista. En este caso,
Subcontratista estará autorizado a ser Concesionario, pues opera tanto el hotel
como la sala de juegos. Ahora bien, en el caso que Hotel fuere operado por
Contratista C ("Contratista"), entonces Subcontratista no estaría autorizado a
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ser Concesionario de la sala de juegos pues no cumple con el requisito de
poseer u operar el hotel donde ubica la sala de juegos.
Ejemplo 2: Empresa X ("Empresa"), dueño del Hotel H ("Hotel") operará la
sala de juegos que establecerá en Hotel. Hotel estará operado por
Subcontratista. En este caso, Empresa estaría autorizada a ser Concesionario
ya que operará la misma y además es dueño del hotel donde ubica la sala de
juegos, cumpliendo así con las disposiciones de este Reglamento.