Regl. 8640, art. 2-2.4 dup2
Recomendación final de la Compañía
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Cite as Reglamento Núm. 8640, Art. 2-2.4 dup2
A. Para hacer su recomendación final al Comisionado, la Compañía podrá tomar en
consideración el número de franquicias y la localización de las salas de juegos existentes,
las clases y calidad de los servicios ofrecidos por los Concesionarios y todo aquello que
sirva a los propósitos de la Ley de fomentar y proveer atracciones y amenidades para
turistas que estén a la altura de las normas internacionales y que mejor sirvan para
desarrollar el turismo en Puerto Rico.
B.
Una recomendación adversa de la Compañía conllevará la denegatoria automática de la
solicitud de franquicia por el Comisionado. La recomendación final favorable, sin
embargo, deberá ser concurrida por el Comisionado para poder otorgarse la franquicia
correspondiente al solicitante.