Regl. 8640, art. 6-6.1

Juegos de mesa

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Cite as Reglamento Núm. 8640, Art. 6-6.1

A. Procedimientos para abrir mesas al juego 1) Inmediatamente antes de abrir la mesa de juegos, el supervisor de piso asignado a la misma abrirá con llave el recipiente que contiene la banca de inventario de mesa. 2) El "croupier" asignado a la mesa de juegos contará el contenido de la banca de inventario de mesa en presencia del supervisor de piso asignado a dicha mesa y conciliará su cuenta con el formulario de inventario de mesa (la apertura) que se ha sacado del recipiente. Si no hay un "croupier" presente, el supervisor de piso contará el inventario de mesa en presencia de un segundo supervisor de piso. 3) El "croupier" asignado a la mesa y el supervisor de piso que observó al "croupier" contarán el contenido de la banca y firmarán ambos el formulario de inventario de mesa (la apertura) para dar fe de la exactitud de la información que figura en el mismo. 4) Toda discrepancia entre la cantidad de fichas o dinero contado y la cantidad de fichas o dinero consignado en el formulario de inventario de mesa le será informada de inmediato al gerente del casino u otro oficial que esté a cargo en ese momento, así como al Departamento de vigilancia para que proceda. 5) Después de contar el contenido de la banca de inventario de mesa y de firmar el formulario de inventario de mesa (la apertura), el "croupier" y el supervisor de piso depositarán la apertura en la caja de depósito sujeta a la mesa de juego, inmediatamente después de abrir la mesa. Ambos firmarán el documento de inventario. B. Normas de relleno y crédito 1) Las papeletas de relleno y las papeletas de crédito serán, por lo menos, por triplicado y en serie numérica continua, o, si utilizan el alfabeto, serán prenumeradas o numeradas al mismo tiempo y sólo habrá una serie a la vez. No hará falta usar el alfabeto si la serie numérica no se repite durante el año laborable. 2) Toda papeleta de relleno o crédito, tanto no emitido como emitido, se salvaguardará, empleándose procedimientos adecuados para su distribución, uso y control. El personal de los Departamentos de caja o de juegos de mesa no podrá acceder a las copias de registro aseguradas ("de control") de las papeletas de relleno y crédito. 3) Cuando se anule una papeleta de relleno o crédito, el cajero escribirá claramente la palabra "nula" de un lado a otro de la cara del original y la primera copia y firmará 65 tanto el original como la primera copia junto con otra persona que sea independiente de las transacciones, presentándolas al Departamento de contabilidad de la sala de juegos para su contabilidad y conservación. C. Transacciones de relleno 1) Las transacciones de relleno serán autorizadas por el personal de supervisión de piso antes de la emisión de las papeletas de relleno y la transferencia de fichas de juego. La solicitud de relleno se le comunicará a la caja principal ("cage"), donde se preparará la papeleta de relleno. 2) Por lo menos tres (3) partes de cada papeleta de relleno se utilizarán de la manera siguiente: a) Una parte se llevará al foso ("pit") o área de supervisión de mesas con el relleno y, después de que se obtengan las firmas apropiadas, se depositará en una caja de depósito de juego de mesa; b) Una parte se conservará en la caja principal ("cage") para la reconciliación de la banca de cajero; y c) Para los sistemas computarizados, una parte se conservará de manera segura para garantizar que sólo las personas autorizadas tengan acceso a ella. Para los sistemas manuales, una parte se conservará de manera segura en forma continua y sin interrupción. 3) La parte de la papeleta de relleno que se pondrá en la caja de depósito de la mesa de juego tendrá un color para los rellenos y otro color diferente para los créditos, a no ser que el tipo de transacción pueda distinguirse claramente de alguna otra manera (marcar un recuadro en la papeleta no será un indicador claramente distinguible). 4) El número de la mesa, el turno y la cantidad de relleno según su valor y en total se anotará en todas las copias de la papeleta de relleno. La fecha y hora correctas también se indicarán en todas las copias. 5) Todos los rellenos saldrán de la caja principal en manos de una persona que sea independiente de las Áreas de caja principal "cage" o juegos de mesa. 6) Las siguientes personas, por lo menos, firmarán la papeleta de relleno, para indicar así que cada una de ellas ha contado la cantidad del relleno y dicha cantidad concuerda con la papeleta de relleno: a) El cajero que prepara la papeleta de relleno y emite las fichas de juego; b) El mensajero que lleva las fichas de juego de la caja principal ("cage") al foso ("pit") o área de supervisión de mesas; 66 c) El "croupier" que recibe las fichas de juego en la mesa de juego; y d) El personal de supervisión de piso que supervisa la transacción de relleno. 7) El "croupier" abrirá y verificará el relleno a plena vista del público antes de que el "croupier" o el supervisor de piso ponga el relleno en la bandeja de la mesa. 8) El "croupier" o el supervisor de piso depositará una copia de la papeleta de relleno en la caja de depósito de la mesa, la cual se sacará de allí, posteriormente, en el cuarto de "soft count", junto con los recibos de efectivo del turno. D. Transacciones a crédito 1) Las transacciones a crédito en la mesa de juegos serán autorizadas por el supervisor de piso antes de la emisión de la papeleta de crédito y la transferencia de fichas de juego u otro equivalente en efectivo. La solicitud de crédito se le comunicará a la caja principal ("cage"), donde se preparará la papeleta de crédito. 2) Por lo menos tres (3) partes de cada papeleta de crédito se utilizarán de la manera siguiente: a) El mensajero llevará al foso ("pit") o área de supervisión de mesas dos partes de la papeleta de crédito. Una vez obtenidas las firmas del mensajero, el "croupier" y el supervisor de piso, se depositará una copia en la caja de depósito de la mesa de juego y el original acompañará a las fichas de juego o su equivalente en efectivo que se transporten del foso ("pit") o área de supervisión de mesas a la caja principal ("cage") para verificación y firma del cajero. b) Para los sistemas computarizados, una parte se conservará de manera segura para garantizar que sólo las personas autorizadas tengan acceso a ella. Para los sistemas manuales, una parte se conservará de manera segura y de forma continua e ininterrumpida. 3) El número de mesa, el turno, la fecha, la hora y la cantidad de crédito según su valor y en total se anotarán en todas las copias de la papeleta de crédito. 4) El "croupier" o el supervisor de piso retirarán de la bandeja de la mesa las fichas de juego y/o sus equivalentes en efectivo y las abrirán y verificarán a plena vista del público, antes de colocarlas en los anaqueles para su traspaso a la caja principal ("cage"). En ausencia del "croupier", dos (2) supervisores de piso podrán efectuar este procedimiento. - 67 5) Toda ficha de juego y todo equivalente en efectivo retirados de las mesas serán llevados a la caja principal por una persona que sea independiente de las Áreas de caja principal ("cage") o de juegos de mesa. 6) La papeleta de crédito será firmada por las siguientes personas, por lo menos, para indicar que cada una de ellas ha contado los artículos que se traspasan o, si se trata de marcas o vales, los ha examinado: a) El cajero que recibe los artículos traspasados del foso ("pit") 0 área de supervisión de mesas y que prepara la papeleta de crédito; b) El mensajero que lleva los artículos traspasados del foso ("pit") o área de supervisión de mesas a la caja principal ("cage"); c) El "croupier" en cuya custodia están los artículos antes de ser traspasados a la caja principal ("cage"); y d) El personal de supervisión de piso que supervisa la transacción de crédito. 7) El supervisor de piso insertará la papeleta de crédito en la caja de depósito. 8) Las fichas de juego u otros equivalentes en efectivo se depositarán en las mesas de juegos únicamente cuando vengan acompañadas de la apropiada papeleta de relleno, 0 cuando se les recaude de una apuesta perdida. 9) Las fichas de juego u otros equivalentes en efectivo se retirarán de las mesas de juegos únicamente si se acompañan de la papeleta de crédito, el marcador 0 inventario de mesa inicial apropiados, o si se paga una apuesta ganadora, o a cambio de una compra en dinero en efectivo. 10) Se prohíben los rellenos cruzados en el foso ("pit") o área de supervisión de mesas, o sea, los traspasos de fichas o intercambios de efectivo entre mesas de juego. E. Juego a crédito Las normas siguientes se aplicarán al Concesionario que permita el juego a crédito a través de marca o vale, excluyéndose el crédito al margen, o sea, el que se da sin firma inmediata: 1) El sistema de marca 0 vale de cada Concesionario permitirá que el crédito se conceda en el foso ("pit") o área de supervisión de mesas, pero que se liquide sólo en la caja principal ("cage"). 2) Antes de emitir crédito de juego al jugador, el empleado que conceda el crédito se comunicará con el cajero u otra fuente independiente para determinar si se ha establecido debidamente el límite de crédito del jugador y si queda suficiente crédito para el anticipo. 68 3) Se documentará la autorización apropiada de crédito por encima del límite establecido con anterioridad. 4) La cantidad de crédito concedido se le comunicará a la caja principal ("cage") u otra área independiente y se documentará en un plazo razonable después de cada emisión. 5) El formulario de marca o vale se preparará por lo menos en triplicado. Se define "triplicado" como tres partes que efectúen las funciones delineadas en las normas que se disponen adelante, con un número de marca o vale preimpreso o impreso al mismo tiempo y utilizado en secuencia numérica. Este requisito no excluye que se distribuyan lotes de marcas o vales a los diferentes fosos ("pit") o áreas de supervisión de mesas. 6) Por lo menos tres partes de cada formulario de marca o vale numerado separadamente se utilizarán de la manera siguiente: a) El original y las copias de pago de la marca o vale serán traspasados a la caja principal ("cage") por una persona que sea independiente de la función de emisión de marcas o vales; b) La papeleta de emisión se insertará en la caja de depósito apropiada de la mesa de juego cuando se conceda crédito o cuando el jugador haya firmado el original. 7) Cuando la documentación de marca o vale, tal como la papeleta de emisión, se inserte en la caja de depósito, ello será hecho por el "croupier" o el supervisor de piso que está en la mesa. 8) Se mantendrá un registro que detalle lo siguiente (por ejemplo, el registro maestro de créditos que se conserva en el podio del foso ("pit") 0 área de supervisión de mesas o en un sistema computarizado): a) Firmas o iniciales de la persona o personas que aprueben la concesión de crédito, a no ser que, respecto de cada emisión, dicha información figure en otra parte; b) Nombre legible de la persona que recibe crédito; c) Fecha y turno en que se concedió el crédito; d) Mes en el cual se concedió el crédito; e) Cantidad de crédito emitida; 69 f) Número de marca o vale; g) Cantidad de crédito que queda después de cada emisión o total de crédito disponible para todas las emisiones; y h) Firma del jugador. 9) Los formularios de marca o vale que se exigen en esta Sección se salvaguardarán y se emplearán procedimientos adecuados para controlar su distribución y utilización, así como el acceso a los mismos. 10) Todas las concesiones de crédito se indicarán inicialmente mediante botones de crédito ("lammer buttons") colocados en la mesa, a la vista del público, por el personal de supervisión de piso, o por el "croupier" si el supervisor de piso lo autoriza. 11) La preparación de las marcas o vales se iniciará y otros registros se actualizarán, aproximadamente, durante la mano de juego que siga a la emisión inicial de crédito al jugador. 12) Los botones de crédito ("lammer buttons") serán retirados únicamente por el "croupier" empleado en la mesa, por autorización del supervisor de piso, o por éste último cuando complete la transacción de marca o vale. 13) En el original y las copias de pago y de emisión de las marcas o vales figurará la siguiente información, por lo menos: a) Número de la marca o vale; b) Nombre y firma del jugador; c) Número de mesa y fecha y hora de emisión; d) Monto del crédito emitido; e) Firma de la persona que concede el crédito; y f) Firma y número de licencia de Juegos de Azar del "croupier" o supervisor de piso a cargo de la mesa. 14) Todas las porciones de las marcas o vales, sean emitidas o no, se salvaguardarán y se emplearán procedimientos para controlar la distribución y uso de los formularios de marca 0 vale, así como el acceso a los mismos. 15) Cuando falte algún formulario de marca o vale, o alguna parte del mismo, el Concesionario llevará a cabo una investigación para determinar la causa, así como 70 - la responsabilidad por la pérdida. Dicha investigación se documentará, se conservará con fines de inspección y se le suministrará a la División a solicitud de ésta. F. Procedimiento de inventario de mesa 1) Al concluir cada turno, en las mesas que se abrieron durante ese turno: a) Se contará el inventario de fichas de juego y monedas y se apuntará en el formulario de inventario de mesa; b) Si las bancas de mesa se mantienen en base a un sistema de fondo fijo, se efectuará un relleno o crédito final para que la banca vuelva a estar a la par. 2) Si no se han efectuado los rellenos finales, los inventarios iniciales y finales se apuntarán en la hoja maestra de juegos, a fin de calcular las ganancias del turno. 3) Los formularios de inventario de mesa tendrán dos partes por lo menos, en las que figurará la siguiente información: a) Fecha e identificación del turno concluido; b) Número del juego y de la mesa; c) Valor por renglón de las fichas de juego que queden en la mesa de juego; y d) Valor total de las fichas de juego que queden en la mesa de juego. 4) La exactitud de los formularios de inventario preparados al final del turno será verificada por el supervisor de piso saliente y el "croupier". Si el "croupier" no está disponible, dos supervisores de piso podrán efectuar dicha verificación. Las firmas en el formulario de inventario darán fe de la verificación. 5) Una vez cumplido el requisito de la firma, el "croupier" o el supervisor de piso depositará una parte del formulario de inventario (el cierre), en la caja de depósito, antes de que dicha caja sea retirada. La segunda parte del formulario de inventario (la apertura), se depositará en la bandeja de inventario de la mesa, cerrada con llave, si la mesa va a cerrar. Si la mesa va a seguir abierta después del cambio de turno, el "croupier" 0 supervisor de piso depositará inmediatamente la segunda parte del formulario de inventario (la apertura), en la nueva caja de depósito que se sujetará a la mesa después del cambio de turno. G. Documentación sobre juegos de mesa creada por computadoras 1) El sistema informático será capaz de crear documentación adecuada de toda la información que figura en los documentos de base y el detalle de transacciones, 71 - incluso en las papeletas de relleno o crédito, las marcas o vales y otros documentos de contabilidad de la sala de juegos. 2) Esta documentación estará restringida al personal autorizado. 3) En la documentación figurará, por lo menos: a) Información sobre excepciones del sistema (por ejemplo, información apropiada sobre los parámetros del sistema, correcciones, anulaciones, etc.); y b) Listado de acceso al personal, en el que figurará, por lo menos: (i) Nombre y número de identificación del empleado; y (ii) Lista de funciones que los empleados pueden desempeñar o formas equivalentes de identificar dichas funciones. H. Supervisión de juegos La supervisión de todos los juegos de mesa estará a cargo del personal de supervisión de piso, cuya autoridad será igual o mayor que la de los empleados supervisados. 1) Análisis del rendimiento de los juegos de mesa a) Se mantendrán registros por día y turno que indiquen todo juego de blackjack de un solo paquete que se jugó durante un turno entero. Todo paquete utilizado será descartado de conformidad con los procedimientos autorizados por la División que deberán realizarse al final del turno. b) Los registros que reflejen los porcentajes de depósito, ganancia y retención por mesa y tipo de juego se mantendrán por turno, por día, por mes acumulable hasta la fecha y por año acumulable hasta la fecha. c) Por lo menos una vez al mes, esta información se presentará a la gerencia que sea independiente del Departamento de juegos de mesa, para su examen. d) La gerencia investigará con el personal supervisor de piso toda fluctuación inusitada en el porcentaje de retención. e) El resultado de tales investigaciones se documentará, se conservará con fines de inspección y se suministrará a la División a solicitud de ésta. 2) Procedimientos de contabilidad y auditoría de juegos de mesa 72 a) El personal encargado de los procedimientos de contabilidad y auditoría será independiente de las transacciones que deba auditar o contabilizar. b) Si en una mesa de juego es posible determinar el depósito, por ejemplo mediante contadores de billetes, cajas de aceptar billetes, o registro computarizado, la cantidad en dólares de dicho depósito se reconciliará con el depósito real por turno. c) Los empleados de contabilidad o auditoría examinarán los informes de excepción de todos los sistemas computarizados de juegos de mesas por lo menos mensualmente, fijándose en que las transacciones sean correctas y en cualquier incidente inusual. d) El Concesionario deberá investigar toda transacción impropia o incidente inusual que se señale, documentando los resultados de dicha investigación. e) Las pruebas de los procedimientos de auditoría de los juegos de mesa, incluso programas y listas de cotejo, así como cualquier seguimiento que se haga, serán documentadas, conservadas con fines de inspección y suministradas al Comisionado y la División a solicitud de éstos. f) Se preparará un resumen diario y mensual, en el que figurará la siguiente información: i. Depósito; ii. Ganancia; iii. Ingresos brutos. Sección 6.2 Caja de depósito de mesa de juegos y procedimientos de conteo A. Características de la caja de depósito de mesa de juego 1) Cada mesa de juego de la sala de juegos tendrá sujeta a ella un recipiente seguro, difícil de forzar, denominado "caja de depósito", en el cual se depositará todo efectivo, cupón intercambiado en la mesa de juego por fichas, cupones de duplicación de apuestas, toda copia de emisión de marca o vale intercambiada en la mesa de juegos por fichas, todo documento que pruebe el intercambio de fichas como parte de transacciones de fichas con tarjeta de crédito o débito, toda papeleta de relleno y crédito, todo formulario de inventario de mesa y todo otro documento o formulario. 2) Cada caja de depósito tendrá: a) Una cerradura separada, por lo menos, para proteger el contenido de la caja de depósito; 73 b) Una cerradura separada que asegure la caja de depósito a la mesa de juegos, cuya llave sea diferente de la llave de la cerradura con que se protege el contenido de dicha caja de depósito; c) Una ranura a través de la cual puedan insertarse en la caja de depósito billetes, cupones, formularios, registros y documentos; d) Un dispositivo mecánico que cierre con llave la ranura de la caja de depósito cuando ésta última se retire de la mesa de juegos; y e) Un número impreso o estampado permanente en la caja de depósito y claramente visible a veinte (20) pies de distancia, que corresponda al número permanente de la mesa de juegos a la cual está sujeta, así como una marca que indique el juego, excepto que las cajas de depósito de emergencia podrán mantenerse sin dicho número o marca, siempre y cuando la palabra "emergencia" esté impresa 0 estampada permanentemente en ellas y que, cuando se utilicen, se marquen temporalmente con el número de la mesa y la identificación del juego. B. Normas de depósito de mesa de juego 1) La disposición de las cajas de depósito de mesa de juegos y el depósito serán un proceso continuo. 2) El Concesionario pondrá en práctica procedimientos para garantizar que no haya acceso sin autorización a las cajas de depósito de mesa de juegos desde el momento en que dichas cajas salgan del lugar en que se almacenan hasta el momento en que se coloquen en las mesas. 3) Al final de la jornada de juego o al final de cada turno (si tal es la práctica del Concesionario) o, por lo menos cada veinticuatro (24) horas, una persona independiente del turno de juegos de mesa que se está depositando retirará todas las cajas de depósito de mesa de juegos cerradas con llave y las reemplazará con cajas de depósito vacías. 4) Si las cajas de depósito de todas las mesas no se retiran y reemplazan, el concesionario documentará qué mesas estaban abiertas durante el turno. 5) Una vez retiradas de las mesas, las cajas de depósito se llevarán directamente al cuarto de conteo, o a otro lugar con seguridad equivalente y controles análogos, y se cerrarán con llave de manera segura hasta que se efectúe el conteo. 6) El transporte de las cajas de depósito de mesa de juego será efectuado por dos personas por lo menos, una de las cuales, al menos, será independiente del turno de juegos de mesa que se esté depositando. 74 7) Se notificará al Departamento de vigilancia cuándo habrá de empezar el depósito a fin de que dicho Departamento pueda vigilar las actividades. 8) Todo Concesionario notificará por escrito a la División sobre las horas específicas en que el depósito de juegos de mesa empezará cada día. C. Características del cuarto de conteo "suave" o "soft count" 1) Todo Concesionario tendrá un cuarto de conteo (llamado cuarto de conteo "suave") designado específicamente para contar el contenido de las cajas de depósito de mesas y las cajas de aceptar billetes conectadas a las máquinas tragamonedas. El cuarto de conteo estará diseñado y construido para ofrecer el máximo de seguridad a los artículos que allí se guardan y a las actividades que tienen lugar allí. 2) El cuarto de conteo se construirá con las siguientes medidas de seguridad, por lo menos: a) Una puerta de metal con un mecanismo de cerradura para asegurar el contenido del cuarto. b) Un techo de construcción sólida con respiraderos y conductos asegurados. c) Un sistema de alumbrado que no se pueda interrumpir desde adentro del cuarto. d) Alumbrado de emergencia y un método seguro para salir del cuarto en caso de emergencia. 3) El cuarto de conteo contendrá en su interior lo siguiente: a) Una mesa fabricada de cristal transparente, plexiglass, o un material parecido, en la que el contenido de las cajas de depósito y de las cajas de aceptar billetes se vaciará, se contará y se hará constar. b) Cámaras de televisión de circuito cerrado y micrófonos conectados al cuarto de vigilancia, capaces del control y la grabación, eficaces y detallados, de todo el cuarto de conteo, el proceso de conteo y cualquier otra actividad que tenga lugar en dicho cuarto. c) Un aviso en el que se alerte sobre la instalación de cámaras de video grabando imagen y sonido. D. Personal del cuarto de conteo "suave" o "soft count" 75 1) El llamado conteo "suave" de los juegos de mesa del Concesionario será efectuado por dos (2) empleados del mismo. 2) Al personal del cuarto de conteo no se le permitirá entrar o salir de dicho cuarto durante el conteo, excepto en caso de emergencia o de período de descanso previsto. En ningún momento durante el conteo habrá menos de dos empleados en el cuarto de conteo hasta que el importe del depósito se haya puesto bajo la responsabilidad contable de la caja principal ("cage"). 3) Se notificará al Departamento de vigilancia cada vez que el personal del cuarto de conteo y salga de dicho cuarto o entre a él durante el conteo. 4) Se alternará de manera rutinaria a uno de los miembros del equipo de conteo, por lo menos, para que dicho equipo no esté constantemente integrado por las mismas dos personas más de cuatro (4) días por semana. 5) El equipo de conteo será independiente de las transacciones que se están examinando y contando, y de la subsiguiente responsabilidad contable respecto del importe de la cuenta. El equipo de conteo será independiente de las Áreas de caja principal ("cage"/bóveda). Sin embargo, se podrá utilizar a un representante de contabilidad debidamente licenciado por la Compañía como participante en el conteo si hay una auditoría independiente de toda la documentación de conteo "suave" de ese día. 6) Toda persona presente en el cuarto de conteo durante el proceso de conteo deberá vestir solamente, como prenda exterior, una prenda de mangas cortas, de cuerpo entero y de una pieza, sin bolsillos, con aperturas sólo para los brazos, los pies y el cuello. La cremallera deberá cerrarse hasta el cuello. 7) Nadie llevará cartera, bolso o recipiente alguno al cuarto de conteo. E. Normas de conteo "suave" o "soft count" 1) Las siguientes normas se aplicarán al conteo de las cajas de depósito de la`mesa de juegos y al conteo de las cajas de aceptar billetes conectadas a las máquinas tragamonedas si el sistema de controles internos del Concesionario dispone el conteo de las cajas de aceptar billetes en el llamado cuarto de conteo "suave". 2) El llamado conteo "suave" de los juegos de mesa y de la caja de aceptar billetes se realizará en dicho cuarto de conteo. Inmediatamente antes de iniciar el conteo, el equipo de conteo notificará al Departamento de vigilancia que el conteo está a punto de empezar. 3) Durante el conteo, el acceso al llamado cuarto de conteo "suave" se restringirá a los miembros de los equipos de depósito y de conteo, exceptuándose de esta restricción a los observadores autorizados por la División, a los examinadores de OCIF y a los 76 supervisores encargados de resolver problemas. La puerta del cuarto de conteo permanecerá cerrada con llave durante el conteo y en todo momento en que haya fondos en el cuarto. 4) Si en el cuarto de conteo se llevan a cabo, simultáneamente, conteos de varios centros de ingresos, se aplicarán procedimientos para impedir que se entremezclen los fondos de los diferentes centros de ingreso. 5) Las cajas de depósito de mesas de juegos y las cajas de aceptar billetes se vaciarán y contarán individualmente, para impedir que se entremezclen los fondos de las diferentes cajas hasta que el conteo de cada una de ellas se haya registrado. 6) Antes de abrir cada caja de depósito de juegos de mesa, un miembro del equipo de conteo deberá decir en VOZ alta el nombre y número del juego y el número de mesa de la caja, para que lo grabe el aparato de grabación de audio del Departamento de vigilancia. 7) El conteo de cada caja se apuntará con tinta o cualquier otra forma de inscripción permanente. 8) Se efectuará un segundo conteo, a cargo de un empleado del equipo de conteo que no haya efectuado el conteo inicial. 9) Las correcciones a la información apuntada originalmente por el equipo de conteo en la documentación del llamado conteo "suave" se harán tachando el error con una sola línea, escribiendo la cifra correcta encima de la original y poniendo las iniciales de por lo menos uno de los miembros del equipo de conteo que verificó el cambio. 10) Si se utilizan contadores de billetes y la mesa del cuarto de conteo se usa solamente para vaciar las cajas y clasificar o apilar el contenido de las mismas, un miembro del equipo de conteo observará toda carga y descarga de billetes en el contador de billetes, incluso los billetes rechazados. 11) Cuando estén vacías, las cajas de depósito de mesa de juegos y las cajas de aceptación de billetes se mostrarán a otro miembro del equipo de conteo y a la vigilancia. 12) Los rellenos y créditos se encontrarán en la hoja de conteo, o se registrarán en la misma. 13) Las papeletas de emisión de marcas o vales del foso ("pit") o área de supervisión de mesas que se retiren de las cajas de depósito, o bien: a) Las encontrará el equipo de conteo en la hoja de conteo o las registrará en la misma; -77- b) Se totalizarán por turno y se encontrarán en los totales documentados por el sistema computarizado. El personal de contabilidad de la sala de juegos verificará la exactitud de la papeleta de emisión de cada mesa. 14) Todo otro documento que se retire de las cajas de depósito se examinará para comprobar que es correcto y se registrará en la hoja de conteo o se encontrará en la misma. 15) Los formularios de inventario de apertura/cierre de mesa, o bien: a) Se examinarán y se encontrarán en la hoja de juego, o se registrarán en la misma; o b) Si se utiliza un sistema computarizado, el personal de contabilidad de la sala de juego podrá encontrar los formularios de inventario de apertura/cierre de mesa en la hoja de conteo. El Concesionario investigará las discrepancias, documentando sus conclusiones y conservándolas con fines de inspección. 16) Un miembro del equipo de conteo que no fungirá de registrador único, reconciliará la hoja de conteo con el total del depósito. 17) Todos los miembros del equipo de conteo firmarán el documento de conteo o un informe resumido, para dar fe de su participación en el conteo. 18) Todo el importe del depósito que se contó se entregará, para su verificación, al cajero de caja principal "cage", que será independiente del equipo de conteo, o a un empleado o una persona autorizada e independiente tanto de la producción de ingresos como del proceso de conteo. Dicha persona certificará con su firma la exactitud del importe del depósito que se entregó y se recibió. 19) Un miembro del equipo de conteo o una persona independiente del Departamento de caja entregará la hoja de conteo, con todos los documentos justificativos, al Departamento de contabilidad de la sala de juegos. Si no, se podrán asegurar adecuadamente, hasta que el Departamento de contabilidad de la sala de juegos los recupere (por ejemplo, en un recipiente cerrado con llave al cual sólo pueda tener acceso el personal de contabilidad de la sala de juegos). 20) En todo momento, antes y después del conteo, o durante el mismo, el acceder a las cajas de depósito y cajas de aceptar billetes almacenadas, llenas o vacías, estará restringido a los miembros autorizados de los equipos de depósito y conteo. F. Normas de control principales 78 1) Se exigirá la participación de, por lo menos, dos (2) personas independientes del Área de caja principal ("cage") para obtener acceso a las cajas de depósito y las cajas de aceptar billetes vacías que estén almacenadas. 2) Se exigirá que por lo menos dos (2) miembros del equipo de conteo estén presentes cuando se repartan las llaves del cuarto de conteo y otras llaves relacionadas con el conteo y se firme su salida para el conteo. 3) Toda llave duplicada se conservará de manera tal que se pueda ejercer sobre ella el mismo grado de control que se exige para la llave original. Se mantendrán registros de cada llave duplicada que indiquen la cantidad de llaves que se han fabricado y destruido. 4) El custodio mantendrá listados de todas las llaves importantes, para documentar en todo momento quién tiene las llaves en su posesión, así como qué miembro del personal ha sido autorizado para tener acceso a ellas. 5) Llaves para remover de las mesas de juego las cajas de depósito: a) Las llaves para remover las cajas de depósito de las mesas de juegos serán conservadas por un Departamento independiente del Departamento de juegos de mesa. b) Las llaves para remover las cajas de depósito de las mesas de juegos serán diferentes de las que permiten acceder al contenido de dichas cajas. c) El acceder a las llaves para desenganchar las cajas de depósito de las mesas de juegos sólo se le permitirá a la persona 0 personas autorizadas a retirar dichas cajas de las mesas; sin embargo, los miembros del equipo de conteo podrán acceder a esas llaves durante el llamado conteo "suave" o "softcount" a fin de volver a colocar las cajas de depósito de mesa de juegos. d) No se permitirá que las personas autorizadas a retirar las cajas de depósito de mesa de juego simultáneamente accedan a las llaves que abren dichas cajas y a las llaves que se usan para removerlas de las mesas. e) En situaciones que exijan acceder a la caja de depósito de mesa de juego fuera del depósito previsto, deberá documentarse con la fecha, hora, número de licencia de empleado expedida por la Compañía y firma del empleado que firma la salida y devolución de la llave para remover la caja y las razones para tal ello. 6) Llaves del carro de almacenamiento de las cajas de depósito de mesa de juego: 79 a) Se exigirá que un empleado de la sala de juegos que sea independiente del Departamento de juegos de mesa acompañe tales llaves y observe cada vez que una caja de depósito sea retirada del carro de almacenamiento o colocada en el mismo. b) A excepción de los miembros del equipo de conteo, no se permitirá que las personas autorizadas a obtener llaves de carritos de almacenamiento de cajas de depósito de juegos de mesa tengan acceso a las llaves que dan acceso al contenido de dichas cajas. 7) Llaves para abrir las cajas de depósito de mesas de juego: a) Para la custodia física de las llaves que se necesitan para abrir las cajas de depósito llenas y almacenadas se exigirá la participación de personas de dos (2) Departamentos diferentes. b) El acceder a las llaves de abrir las cajas de depósito fuera de los horarios previstos de conteo exigirá la presencia de tres (3) personas de Departamentos diferentes, incluso la gerencia. La razón para abrir dichas cajas se documentará con las firmas de todos los participantes y observadores.
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