Regl. 8640, art. 7-7.4 dup2
Transportación de máquinas tragamonedas dentro y fuera de Puerto Rico.
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Cite as Reglamento Núm. 8640, Art. 7-7.4 dup2
A.
Antes de transportar o mover cualquier máquina tragamonedas a Puerto Rico, o dentro de
Puerto Rico de un local autorizado hasta otro local autorizado en, 0 fuera de Puerto Rico, el
fabricante, distribuidor, vendedor, o cualquier otra persona que cause que tal máquina
tragamonedas sea transportada o movida deberá, por lo menos diez (10) dÃas antes de
cualquier movimiento o transportación de cualquier tragamonedas, notificar por escrito y
suministrar la siguiente información a la CompañÃa:
1) El nombre completo y la dirección de la persona que transporta o mueve dicha
máquina tragamonedas;
2) El nombre completo y la dirección de la persona dueña de dicha máquina
tragamonedas, incluyendo el nombre de cualquier dueño nuevo en el caso de que la
titularidad se esté cambiando conjuntamente con su transportación o movimiento;
3) El método de embarque o movimiento y el nombre de la compañÃa o las compañÃas
de transporte;
4) El nombre completo y la dirección de la persona a quien se le está enviando la
máquina tragamonedas y el destino de dicha máquina, si es distinto a dicha
dirección;
5) La cantidad de máquinas tragamonedas que se están transportando o moviendo y el
número de serie, la denominación y la descripción de cada máquina tragamonedas;
6) La fecha y hora de entrega a o remoción de cualquier local autorizado en Puerto
Rico;
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7)
El puerto de entrada, o de salida; y
8)
La razón para transportar la máquina tragamonedas.
B.
Cada Concesionario deberá obtener de la CompañÃa la aprobación y proveer una
notificación del movimiento de cualquier máquina tragamonedas a o fuera de su sala de
juegos según lo requiera este Reglamento. Se mantendrá un récord del movimiento de las
máquinas tragamonedas a tenor con el párrafo (C) de la Sección 7.5 de este Reglamento.
C.
La persona que transporta o mueve cualquier máquina tragamonedas deberá proveer a la
compañÃa de transporte una factura, y por lo menos una copia de la misma se mantendrá
con la máquina tragamonedas en todo momento durante el proceso de embarque. Dicha
factura contendrá la siguiente información:
1)
El número de serie de la máquina que se está transportando;
2) El nombre completo y la dirección de la persona de quien se obtuvo la máquina
tragamonedas;
3) El nombre completo y la dirección de la persona a quien se está enviando la
máquina; y
4) Las fechas de embarque.