Regl. 8640, art. 7-7.4 dup2

Transportación de máquinas tragamonedas dentro y fuera de Puerto Rico.

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Cite as Reglamento Núm. 8640, Art. 7-7.4 dup2

A. Antes de transportar o mover cualquier máquina tragamonedas a Puerto Rico, o dentro de Puerto Rico de un local autorizado hasta otro local autorizado en, 0 fuera de Puerto Rico, el fabricante, distribuidor, vendedor, o cualquier otra persona que cause que tal máquina tragamonedas sea transportada o movida deberá, por lo menos diez (10) días antes de cualquier movimiento o transportación de cualquier tragamonedas, notificar por escrito y suministrar la siguiente información a la Compañía: 1) El nombre completo y la dirección de la persona que transporta o mueve dicha máquina tragamonedas; 2) El nombre completo y la dirección de la persona dueña de dicha máquina tragamonedas, incluyendo el nombre de cualquier dueño nuevo en el caso de que la titularidad se esté cambiando conjuntamente con su transportación o movimiento; 3) El método de embarque o movimiento y el nombre de la compañía o las compañías de transporte; 4) El nombre completo y la dirección de la persona a quien se le está enviando la máquina tragamonedas y el destino de dicha máquina, si es distinto a dicha dirección; 5) La cantidad de máquinas tragamonedas que se están transportando o moviendo y el número de serie, la denominación y la descripción de cada máquina tragamonedas; 6) La fecha y hora de entrega a o remoción de cualquier local autorizado en Puerto Rico; 102 7) El puerto de entrada, o de salida; y 8) La razón para transportar la máquina tragamonedas. B. Cada Concesionario deberá obtener de la Compañía la aprobación y proveer una notificación del movimiento de cualquier máquina tragamonedas a o fuera de su sala de juegos según lo requiera este Reglamento. Se mantendrá un récord del movimiento de las máquinas tragamonedas a tenor con el párrafo (C) de la Sección 7.5 de este Reglamento. C. La persona que transporta o mueve cualquier máquina tragamonedas deberá proveer a la compañía de transporte una factura, y por lo menos una copia de la misma se mantendrá con la máquina tragamonedas en todo momento durante el proceso de embarque. Dicha factura contendrá la siguiente información: 1) El número de serie de la máquina que se está transportando; 2) El nombre completo y la dirección de la persona de quien se obtuvo la máquina tragamonedas; 3) El nombre completo y la dirección de la persona a quien se está enviando la máquina; y 4) Las fechas de embarque.
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