Regl. 8640, art. 9-9.9 dup2

Pago de Premio Manual ("jackpot") cuando el cliente no tiene identificación

Length: 655 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8640, Art. 9-9.9 dup2

válida y vigente A. Si el cliente no tiene la identificación requerida por la Sección 9.8(G) de este Reglamento para realizar el pago manual de un premio de mil quinientos dólares ($1,500) o más, se efectuará el siguiente procedimiento: 1) El "Attendant" notificará al Inspector cuando el cliente ganador no provea la identificación válida y vigente. El Concesionario y/o Inspector orientarán al cliente sobre los pasos a seguir. 2) El "Attendant" notificará al Departmento de vigilancia para tener evidencia fílmica, para sustentar en un futuro, la reclamación del premio del ganador real cuando 135 muestre los documentos o las identificaciones requeridas que no tenía al momento del premio. 3) El Inspector verificará la evidencia fílmica e incluirá dicho suceso en el informe de los premios de ese día. Además, el Inspector redactará un Informe de Incidente en el casino para el Director de la División, indicando que no firmó el "voucher" por falta de identificación válida del ganador. En dicho Informe, incluirá el número de máquina, la cantidad del premio, fecha y la hora del premio, el nombre del cliente, el nombre del "Attendant" y el nombre del Supervisor o Gerente Autorizado de la sala de juegos. El informe de los premios, el informe original y copia del "voucher" se enviará a la División. El Inspector registrará los datos en el Libro de Registro del Inspector como referencia para el próximo Inspector de turno. 4) El Concesionario será responsable de retener el "voucher" del premio, con copia del informe de los premios de ese día y la copia del Informe del Inspector, la cual se guardará en el "Cashier" para propósito de una futura verificación de la identificación del cliente ganador del premio que sea reclamado. 5) El Concesionario informará al Supervisor de Recaudaciones que el premio del cliente sin la identificación no se pagará para ese recaudo. Por su parte, el Supervisor de Recaudaciones escribirá en el recuadro de comentarios del Informe de Recaudos ("Collection Report"), las razones por las cuales no se pagó el premio y, por ende, queda pendiente para cuando el cliente ganador muestre la identificación válida y vigente. El Supervisor de Recaudaciones llenará la hoja de Informe de recibos "TITO" Rechazados incluyendo la copia del recibo "TITO" y detalles del premio que no se pagó (número del recibo "TITO", cantidad y fecha del premio). Este documento será incluido en el paquete del recaudo como evidencia del incidente. 6) El Concesionario informará al próximo Inspector de turno cuando el cliente ganador se presente con su identificación válida y vigente, y será responsable de tener la evidencia fílmica y/o fotográfica para sustentar que el reclamante del premio es el ganador real. El Inspector verificará la evidencia provista por el Casino (filmica y/o fotográfica, el "voucher" del premio, copia del reporte de premio del sistema del día que ocurrió el premio, copia del Informe del Inspector de Juegos de Azar que presenció por primera vez el premio) y después de corroborar la información provista, firmará y autorizará la transacción. El Inspector registrará en el Libro de Registro del Inspector la transacción completada. 7) El Concesionario proveerá al Supervisor de Recaudaciones en el próximo recaudo: el "voucher" original del premio con todas las firmas correspondientes, las copias del reporte del día del premio (resumen de premios), copia del Informe de Inspector, copia de la hoja de Informe de Recibos "TITO" Rechazados y la copia de la identificación del cliente ganador. El Supervisor de Recaudaciones incluirá en los informes de pago del día, el recibo "TITO" del premio y escribirá en el recuadro 136 de comentarios del Informe de Recaudos ("Collection Report") los datos de dicho premio que pertenecía a otra fecha. 8) El cliente tendrá noventa (90) días a partir de la fecha de la vigencia del premio para presentar la identificación valida y vigente. De no recibirse la información requerida dentro de dicho término, el cliente perderá el derecho a reclamar el premio.
Regl. 8640, art. 9-9.9 dup2: Pago de Premio Manual ("jackpot") cuando el cliente no tiene identificación | Justis AI