Regl. 8669, art. 27-27

5 Requisitos de la Mesa de Anunciador

Length: 246 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8669, Art. 27-27

A. Declaración General Un sistema de Bingo puede tener una Mesa de Anunciadores u otro medio a través del cual las bolas 0 los números seleccionados se ingresen en el sistema con fines de validación. La Mesa de Anunciador no tendrá la capacidad de vender o modificar la información de ventas. B. Información sobre sorteo de bolas La Mesa de Anunciadores tendrá un bolillero manual o un generador electrónico de números aleatorios aprobado para determinar el orden de las bolas sorteadas. Cada bola sorteada deberá ser anunciada antes de marcar el tablero luminoso. Si el sistema utiliza dispositivos EBM, la información sobre la bola sorteada deberá ingresarse en el sistema en el mismo momento en que se anuncia el número. La Mesa de Anunciadores deberá tener algunos medios para corregir los errores de ingreso de las bolas sorteadas hasta el momento de cierre del juego. C. Verificación del cartón ganador del Bingo El sistema deberá tener un medio a través del cual todos los números de permutación de los cartones o los números de serie electrónicos estén dentro de una base de almacenamiento de datos para verificar el cartón ganador. El número 0 los números de cartón ganador, si más de un cartón obtuviera el Bingo de forma simultánea, se ingresarán en el sistema y el sistema verificará su validez. Un registro impreso de todas las bolas sorteadas y de la cara de cada cartón de juego que ganó cada partido, según lo establezca la División.
Regl. 8669, art. 27-27: 5 Requisitos de la Mesa de Anunciador | Justis AI