Regl. 8669, art. 4-4.16
Black Jack Equipo
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Cite as Reglamento Núm. 8669, Art. 4-4.16
A menos que la CompañÃa, a solicitud de un Concesionario, autorice otra cosa, para el
juego de Black Jack se utilizará:
A.
La mesa estándar para el juego de Black Jack. La superficie de esta mesa es de forma de
media luna de aproximadamente setenta y cinco (75) pulgadas de largo por treinta y
nueve (39) pulgadas de ancho. Cubierta por un paño en el cual estarán marcados los
encasillados para siete (7) jugadores, además del sitio para el "Croupier". También
tendrá marcadas las siguientes frases: "Black Jack Pays 3 to 2" y "Dealer must stand on
17 and must draw to 16".
B.
Un "sabot" para distribuir las cartas y/o una máquina automática de barajar.
C.
Recibidor para el descarte.
D.
Con sujeción a los requisitos de la Sección 8.1 del Reglamento de Juegos de Azar de
Puerto Rico, uno (1) hasta ocho (8) juegos de naipes o barajas de las conocidas por
"americanas" de cincuenta y dos (52) cartas y dos (2) comodines o "jokers", uno que se
usará para cubrir la última carta del paquete y el otro que se usará para cortar el paquete.
E.
Un fichero adecuado para la conducción de juego.