Regl. 8669, art. 6-6.7
Mini-Baccarat Equipo
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Cite as Reglamento Núm. 8669, Art. 6-6.7
A menos que la CompañÃa, a solicitud de un Concesionario, autorice otra cosa, para el
juego de Mini-Baccarat se utilizará:
A.
Una mesa estándar como en el juego de Black Jack. La superficie de esta mesa es en
forma de media luna de aproximadamente setenta y cinco (75) pulgadas de largo por
treinta y nueve (39) pulgadas de ancho, cubierta con un paño en el cual estarán marcados
los encasillados (secciones) de los jugadores y también aparecerá marcado un encasillado
(Sección) correspondiente para el banquero. Aproximadamente al centro de la misma
tendrá marcada la frase "Tie" "Nine for One" "Tie" o "Tie" "Eight to One" "Tie" y
directamente debajo los números del 1 al 7. (Cualquiera de estas dos frases es
equivalente al pago correcto aprobado también para el juego de Baccarat). En el otro
extremo de la mesa aparecerán nuevamente los números del 1 al 7 de frente para el
"Croupier". Entre esta enumeración y la del centro de la mesa aparecerá una lÃnea
divisoria, a un lado de la cual aparecerá la palabra "player", y al otro lado, la palabra
"banker". Se acompaña modelo y se hace formar parte de este Reglamento.
B.
Un "sabot" para distribuir las cartas y recibidor para el descarte.
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C.
Con sujeción a los requisitos de la Sección 8.1 del Reglamento de Juegos de Azar de
Puerto Rico, y a discreción del Concesionario, seis (6) u ocho (8) paquetes de cincuenta y
dos (52) cartas, del tipo conocido como baraja "americana", más dos (2) comodines o
"jokers", uno que se usará para cubrir la última carta del paquete y otro que se usará para
"cortar" el paquete.
D.
Un fichero adecuado para la conducción del juego.