Regl. 8669, art. 6-6.7

Mini-Baccarat Equipo

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Cite as Reglamento Núm. 8669, Art. 6-6.7

A menos que la Compañía, a solicitud de un Concesionario, autorice otra cosa, para el juego de Mini-Baccarat se utilizará: A. Una mesa estándar como en el juego de Black Jack. La superficie de esta mesa es en forma de media luna de aproximadamente setenta y cinco (75) pulgadas de largo por treinta y nueve (39) pulgadas de ancho, cubierta con un paño en el cual estarán marcados los encasillados (secciones) de los jugadores y también aparecerá marcado un encasillado (Sección) correspondiente para el banquero. Aproximadamente al centro de la misma tendrá marcada la frase "Tie" "Nine for One" "Tie" o "Tie" "Eight to One" "Tie" y directamente debajo los números del 1 al 7. (Cualquiera de estas dos frases es equivalente al pago correcto aprobado también para el juego de Baccarat). En el otro extremo de la mesa aparecerán nuevamente los números del 1 al 7 de frente para el "Croupier". Entre esta enumeración y la del centro de la mesa aparecerá una línea divisoria, a un lado de la cual aparecerá la palabra "player", y al otro lado, la palabra "banker". Se acompaña modelo y se hace formar parte de este Reglamento. B. Un "sabot" para distribuir las cartas y recibidor para el descarte. 30 C. Con sujeción a los requisitos de la Sección 8.1 del Reglamento de Juegos de Azar de Puerto Rico, y a discreción del Concesionario, seis (6) u ocho (8) paquetes de cincuenta y dos (52) cartas, del tipo conocido como baraja "americana", más dos (2) comodines o "jokers", uno que se usará para cubrir la última carta del paquete y otro que se usará para "cortar" el paquete. D. Un fichero adecuado para la conducción del juego.
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