Regl. 8669, art. 7-7.14

Apuestas de Pago Progresivo

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Cite as Reglamento Núm. 8669, Art. 7-7.14

A. La apuesta de pago progresivo podrá ser ofrecida individualmente en cada mesa de Caribbean Stud Poker o el Concesionario podrá conectar el pago progresivo entre dos o más mesas de Caribbean Stud Poker para que las cantidades progresivas aumenten para todas las apuestas en esas dos o más mesas. B. Cada mesa de Caribbean Stud Poker que ofrezca una apuesta de pago progresivo tendrá los siguientes atributos: 1) Un aparato mecánico, eléctrico 0 electrónico que se conocerá como el "metro de entrada" ("in meter") que continuamente y automáticamente cuenta el número de fichas apostadas por los jugadores al pago progresivo; 2) Un aparato mecánico, eléctrico o electrónico que se conocerá como el "metro progresivo" ("progressive meter") que esté visible por la parte del frente de la mesa de Caribbean Stud Poker, que aumenta a un grado ("rate") de progresión establecido cuando fichas son apostadas y aceptadas para el pago progresivo y el cual muestra prominentemente la cantidad a ganarse si se obtiene el resultado necesario para ganar el pago progresivo completo; 3) Un aparato mecánico, eléctrico o electrónico que se conocerá como el "metro de pago progresivo" ("progressive payout meter") que continuamente y automáticamente registra el número de veces que cada apuesta de pago progresivo es ganada; 4) Una llave aparte y un "switch" de llave ("key switch") para fijar nuevamente o alterar la cantidad en el "metro progresivo" o tal otro mecanismo aparte que pueda haber aprobado la Compañía; 5) Una llave aparte que cierra el compartimiento donde se encuentra el componente que opera el metro progresivo u otra forma mediante la cual se impida cualquier alteración no-autorizada o sin intención al metro progresivo. F. No obstante lo dispuesto en el párrafo (B) (2) de esta Sección, si un Concesionario elige conectar dos o más mesas de Caribbean Stud Poker a una apuesta de pago progresivo a tenor con lo dispuesto en el párrafo (D) de esta Sección, más de una mesa de Caribbean Stud Poker puede ser conectada a una misma unidad donde se muestra la cantidad progresiva ("common progressive display unit") si la misma está visible a todos los jugadores en dichas mesas. G. Si un Concesionario elige conectar dos 0 más mesas de Caribbean Stud Poker para una apuesta progresiva, se requerirá lo siguiente: 1) Fichas de la misma denominación se apostarán en las mesas de Caribbean Stud Poker de juego conectadas; 44 2) La misma cantidad de fichas serán apostadas para darle a un jugador el derecho de ganar una apuesta de pago progresivo y cada ficha aumentará el metro al mismo grado ("rate") de progresión en todos las mesas de Caribbean Stud Poker conectadas; 3) Los mismos pagos progresivos serán ofrecidos y la probabilidad de acertar tales pagos será la misma en las mesas de Caribbean Stud Poker conectadas; y 4) Un aparato que cerrará, ya sea automática o manualmente, todos los metros progresivos si un jugador ha ganado una apuesta de pago progresivo. H. No se pondrá ninguna mesa de Caribbean Stud Poker en una sala de juegos hasta tanto el Concesionario haya sometido y obtenido aprobación de la Compañía de lo siguiente: 1) El resultado autorizado que ganará una apuesta de pago progresivo; 2) Las cantidades iniciales y de "reset" a las cuales se fijará el "metro progresivo"; 3) El grado de progresión propuesto para cada "metro progresivo" y el procedimiento por el cual se hará cualquier cambio al grado de progresión que como mínimo incluirá, previa notificación a y aprobación de la Compañía; 4) Los procedimientos que gobiernan el "reset switch" o el mecanismo al que se hace referencia en el párrafo (B) de esta Sección, que como mínimo no permitirá al "Croupier" cambiar 0 alterar la cantidad en el "metro progresivo"; 5) Los procedimientos para operar todo el equipo asociado con la mesa de Caribbean Stud Poker incluyendo la modalidad de cierre ("lockout feature") a la que se hace referencia en el párrafo (D) de esta Sección; y 6) Tales otros procedimientos o atributos que puedan ser requeridos por la Compañía. I. Ningún metro progresivo se echará hacia atrás a una cantidad menor a menos que: 1) La cantidad ha sido pagada realmente a un jugador ganador a tenor con los procedimientos previamente aprobados por la Compañía; 2) La cantidad de pago progresivo ganada por el jugador ha sido registrada de acuerdo con el sistema de control interno aprobado por la Compañía; 3) El límite de tiempo establecido para el pago progresivo según el párrafo (G) en esta Sección ha expirado; o 4) El cambio es necesario por un defecto en una mesa o metro, en cuyo caso se detallará una explicación del mismo en el Informe de Mesa de Pago Progresivo 45 ("Table Game Progressive Summary") requerido en el párrafo (I) de esta Sección y la Compañía habrá pre-aprobado el "resetting" por escrito. J. Cuando un Concesionario decide eliminar permanentemente una mesa de Caribbean Stud Poker, con la aprobación de la Compañía, se establecerá un límite de tiempo no menor de treinta (30) días y cada mesa tendrá notificación del límite de tiempo. Al expirar el límite de tiempo, el Concesionario, con la aprobación de la Compañía, removerá la mesa de juego de la sala de juegos o establecerá otro límite de tiempo no menor de treinta (30) días. K. Una vez el límite de tiempo conforme a lo establecido en el párrafo (G) de esta Sección haya expirado, la cantidad en cualesquiera metros progresivos será documentada a tenor con los procedimientos aprobados por la Compañía. La cantidad inicial 0 "reset" puede ser retenida por el Concesionario y deducida de la cantidad final en cualquier metro y la porción restante se depositará en una cuenta especial de la Compañía para ser distribuida de la siguiente manera: un veintiséis por ciento (26%) ingresará a un Fondo Especial a nombre y para beneficio de la Compañía para llevar a cabo sus fines corporativos y cubrir cualesquiera otros gastos de supervisión y administración relacionados con la supervisión de los juegos; un treinta por ciento (30%) ingresará al Fondo Educacional; otro treinta por ciento (30%) ingresará al Fondo General de la Universidad de Puerto Rico; y un catorce por ciento (14%) se remitirá al Fondo para el Desarrollo de la Industria Turística de Puerto Rico. L. La cantidad indicada en el "metro de pago progresivo" ("progressive payout meter"), el "metro progresivo" ("progressive meter"), y el "metro de entrada" ("in-meter") en cada mesa de Caribbean Stud Poker será registrada en el Informe de Mesa de Pago Progresivo ("Table Game Progressive Summary"), por lo menos, una vez en cada día de juego y cada informe será firmado por el personal que lo prepara. Se mantendrán documentos de apoyo para explicar cualquier reducción en la cantidad registrada en la entrada anterior y se indicará la fecha, el número de mesa, la cantidad de reducción y la razón para la reducción. Una copia de este informe se enviará a la Oficina de Contabilidad del Concesionario diariamente. M. Excepto como de otra manera se autorice por esta Sección, cualquier mesa de Caribbean Stud Poker podrá ser removida de la sala de juegos solamente por un período que no exceda cinco días de juego. La cantidad en el metro progresivo cuando la mesa de juego sea devuelta o reemplazada no será menor que la cantidad del metro progresivo cuando se removió la misma. Cualquier límite de tiempo para el ofrecimiento de un pago progresivo a tenor con el párrafo (G) anterior será extendido por el número de días durante los cuales el pago progresivo no fue ofrecido como resultado de cualquier acción de un Concesionario a tenor con este párrafo. N. Cada mesa de Caribbean Stud Poker tendrá cualesquiera otros aparatos, equipos, características y capacidades como sean requeridos por la Compañía. 46
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