Regl. 8669, art. 7-7.2

Apertura de una mesa para juego

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Cite as Reglamento Núm. 8669, Art. 7-7.2

A. Luego de recibir en la mesa un paquete de cartas previamente inspeccionado por un Inspector, el "Croupier" ordenará e inspeccionará las cartas y el Supervisor del Concesionario del Concesionario asignado a la mesa verificará dicha inspección. B. Luego de la inspección de las cartas hecha por el "Croupier" y verificada por el Supervisor del Concesionario del Concesionario asignado a la mesa, las cartas se desplegarán boca arriba en la mesa para una inspección visual por el primer jugador que llegue a la mesa. Las cartas estarán colocadas por palo y en secuencia. C. Luego de que el primer jugador haya tenido la oportunidad de inspeccionar visualmente las cartas, éstas se colocarán boca abajo sobre la mesa y serán mezcladas por un "washing" o "chemmy shuffle" de cartas y agrupadas. Luego de agrupar las cartas, éstas serán barajadas a tenor con la Sección 7.3. D. Si el Concesionario utilizara una máquina de barajar automática y dos paquetes de cartas son recibidos en la mesa, cada paquete de cartas será ordenado, inspeccionado, verificado, separado, mezclado, recogido y barajado por separado a tenor con lo dispuesto en los párrafos (A) hasta la (C) de esta Sección. E. Todas las cartas abiertas para ser utilizadas en una mesa de Caribbean Stud Poker serán cambiadas por lo menos una vez cada ocho horas. Los procedimientos para cumplir con esta Sección serán sometidos a la Compañía para aprobación.
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