Regl. 8679

Enmienda al 2 OSH 1904. Registros e Informes de Lesiones y Enfermedades Ocupacionales. Para enmendar la claúsula derogatoria.

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Cite as Reglamento Núm. 8679

Fecha: 22 de diciembre de 2015 Fall Secretario de Estado Por: Francisco J. Rodríguez Bernier Secretario Auxiliar de Servicios ENMIENDA AL 2 OSH 1904 REGISTROS E INFORMES DE LESIONES Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES (VERSION ESPAÑOL) ADMINISTRACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL DE PUERTO RICO RESOLUCIÓN Yo, Vance E. Thomas, Secretario del Trabajo y Recursos Humanos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en virtud de la autoridad conferida por las secciones 2(a)(5), (6) y (7), 7(a)(5) y 28 de la Ley Número 16 del 5 de agosto de 1975, según enmendada (29 LPRA 361 et seq.), por la presente apruebo la siguiente enmienda al Reglamento Número Dos de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Parte 1904, Registros e Informes de Lesiones y Enfermedades Ocupacionales: Próposito: Enmendar al reglamento número dos parte 1904 registro e informes de lesiones y enfermedades ocupacionales para que la clausula derrogativa lea como sigue: 1. En la sub-parte H el 1904.48 debe leer: ***** Sub-parte H -- Información Adicional **** 1904.48 Cláusula Derogatoria. Este reglamento, según enmendado, deroga el Reglamento Número Dos, Parte 1904, Registros e Informes de Lesiones y Enfermedades Ocupacionales, aprobado el 5 de diciembre de 2001 y sus enmiendas del 27 de febrero de 2004 y 15 de noviembre de 2004. **** Firmado el Vance Thomas Secretario del Trabajo y Recursos Humanos Página 1
Regl. 8679: Enmienda al 2 OSH 1904. Registros e Informes de Lesiones y Enfermedades Ocupacionales. Para enmendar la claúsula derogatoria. | Justis AI