Regl. 8709

Resolución número 2014-054, autorizando a la Directora Ejecutiva de la Autoridad de los Puertos a enmendar el Reglamento Núm. 4453, Reglamento de Personal de la Autoridad de los Puertos, para eliminar del mismo el inciso (B) de la Sección 102.5, sobre el Principio de Equidad.

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8709 Fecha: 29 de febrero de 2016 AUTORIDAD Secretario de Estado @PUERTOS de-PUERTO RICO Por: Francisco J. Rodríguez Bernier SAN JUNTA JUAN, DE PUERTO DIRECTORES RICO Secretario Auxiliar de Servicios RESOLUCIÓN NÚMERO 2014- 054 El Director Ejecutivo de la Autoridad de los Puertos sometió el siguiente asunto a la consideración y aprobación de la Junta de Directores: SOLICITUD PARA QUE SE ENMIENDE EL REGLAMENTO DE PERSONAL DE LA AUTORIDAD DE LOS PUERTOS, REGLAMENTO NÚM. 4453, PARA ELIMINAR EL INCISO (B) DE LA SECCIÓN 102.5, SOBRE EL PRINCIPIO DE EQUIDAD. Explicó el Director Ejecutivo de la Autoridad de los Puertos, que El Reglamento de Personal de la Autoridad de los Puertos contiene una disposición sobre el Principio de Equidad. El inciso (b) de la Sección 102.5 del Reglamento de Personal dispone lo siguiente: (b) Principio de Equidad El Director Ejecutivo queda también facultado para conceder ajustes de sueldos al personal persiguiendo el objetivo de lograr que la administración pública se erija por criterios de la mayor uniformidad, equidad y justicia, manteniendo así un clima de armonía y satisfacción en el trabajo que redunde en un alto grado de motivación y espíritu de servicio entre los empleados. Se solicitó una Opinión Legal al Lcdo. Guillermo Mojica Maldonado, asesor externo de la Autoridad de los Puertos sobre la aplicación de la disposición de referencia. Esta disposición es utilizada para igualar O mejorar salarios de empleados que no lo han logrado en base a aumentos por méritos. El Principio de Equidad tiene su génesis en la negociación colectiva y pretende mantener una jerarquía relativa entre las escalas retributivas de personal gerencial y el personal unionado. Esta disposición tiene el efecto de conceder salarios que no han podido conseguirse en los tribunales bajo la cláusula constitucional de "igual paga por igual trabajo". Al amparo de dicha cláusula se ha resulto que lo anterior no significa que todos los empleados ubicados dentro de una escala retributiva tienen que ganar el mismo sueldo. Es por lo anterior, que se recomienda que se elimine del Reglamento de Personal la referida disposición, en tanto que una vez concedido un derecho por reglamento, no se les puede negar a los empleados la aplicación del mismo. Se solicita que se enmiende el Reglamento de Personal de la Autoridad de los Puertos a los efectos de eliminar el inciso (b) de la Sección 102.5 sobre Principio de Equidad. 19 204 Atendiendo los méritos de los argumentos expuestos por el Director Ejecutivo de la Autoridad de los Puertos, la Junta de Directores aprobó la siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO 2014- 054 RESUÉLVASE: Autorizar a que se enmiende el Reglamento de Personal de la Autoridad de los Puertos a los efectos de eliminar el inciso (b) de la Sección 102.5 sobre Principio de Equidad En San Juan, Puerto Rico, hoy 8 de septiembre de 2014. Hon. Miguel A. Torres Díaz Sra. Ingrid Rivera Rocafort Presidente Secretaria Junta de Directores Junta de Directores Certifico que la presente of es copia fiel y exacta de la Resolución Núm. $2014.054 del de de *
Regl. 8709: Resolución número 2014-054, autorizando a la Directora Ejecutiva de la Autoridad de los Puertos a enmendar el Reglamento Núm. 4453, Reglamento de Personal de la Autoridad de los Puertos, para eliminar del mismo el inciso (B) de la Sección 102.5, sobre el Principio de Equidad. | Justis AI