Regl. 8709
Resolución número 2014-054, autorizando a la Directora Ejecutiva de la Autoridad de los Puertos a enmendar el Reglamento Núm. 4453, Reglamento de Personal de la Autoridad de los Puertos, para eliminar del mismo el inciso (B) de la Sección 102.5, sobre el Principio de Equidad.
Cite as Reglamento Núm. 8709
8709
Fecha: 29 de febrero de 2016
AUTORIDAD
Secretario de Estado
@PUERTOS
de-PUERTO RICO
Por: Francisco J. Rodríguez Bernier
SAN JUNTA JUAN, DE PUERTO DIRECTORES RICO Secretario Auxiliar de Servicios
RESOLUCIÓN NÚMERO 2014- 054
El Director Ejecutivo de la Autoridad de los Puertos sometió el siguiente asunto a la
consideración y aprobación de la Junta de Directores:
SOLICITUD PARA QUE SE ENMIENDE EL REGLAMENTO DE PERSONAL DE LA
AUTORIDAD DE LOS PUERTOS, REGLAMENTO NÚM. 4453, PARA ELIMINAR EL
INCISO (B) DE LA SECCIÓN 102.5, SOBRE EL PRINCIPIO DE EQUIDAD.
Explicó el Director Ejecutivo de la Autoridad de los Puertos, que El Reglamento de
Personal de la Autoridad de los Puertos contiene una disposición sobre el Principio de Equidad.
El inciso (b) de la Sección 102.5 del Reglamento de Personal dispone lo siguiente:
(b)
Principio de Equidad
El Director Ejecutivo queda también facultado para
conceder ajustes de sueldos al personal persiguiendo
el objetivo de lograr que la administración pública se
erija por criterios de la mayor uniformidad, equidad y
justicia, manteniendo así un clima de armonía y
satisfacción en el trabajo que redunde en un alto
grado de motivación y espíritu de servicio entre los
empleados.
Se solicitó una Opinión Legal al Lcdo. Guillermo Mojica Maldonado, asesor externo de la
Autoridad de los Puertos sobre la aplicación de la disposición de referencia.
Esta disposición es utilizada para igualar O mejorar salarios de empleados que no lo han
logrado en base a aumentos por méritos. El Principio de Equidad tiene su génesis en la negociación
colectiva y pretende mantener una jerarquía relativa entre las escalas retributivas de personal
gerencial y el personal unionado. Esta disposición tiene el efecto de conceder salarios que no han
podido conseguirse en los tribunales bajo la cláusula constitucional de "igual paga por igual trabajo".
Al amparo de dicha cláusula se ha resulto que lo anterior no significa que todos los empleados
ubicados dentro de una escala retributiva tienen que ganar el mismo sueldo.
Es por lo anterior, que se recomienda que se elimine del Reglamento de Personal la referida
disposición, en tanto que una vez concedido un derecho por reglamento, no se les puede negar a los
empleados la aplicación del mismo.
Se solicita que se enmiende el Reglamento de Personal de la Autoridad de los Puertos a los
efectos de eliminar el inciso (b) de la Sección 102.5 sobre Principio de Equidad.
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Atendiendo los méritos de los argumentos expuestos por el Director Ejecutivo de la
Autoridad de los Puertos, la Junta de Directores aprobó la siguiente:
RESOLUCIÓN NÚMERO 2014- 054
RESUÉLVASE: Autorizar a que se enmiende el Reglamento de Personal de la Autoridad
de los Puertos a los efectos de eliminar el inciso (b) de la Sección 102.5 sobre Principio de Equidad
En San Juan, Puerto Rico, hoy 8 de septiembre de 2014.
Hon. Miguel A. Torres Díaz
Sra. Ingrid Rivera Rocafort
Presidente
Secretaria
Junta de Directores
Junta de Directores
Certifico que la presente
of
es copia fiel y exacta de la
Resolución Núm. $2014.054
del de de
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