Regl. 8716, art. 19 dup2

INFORME DE DETERMINACIÓN DE LA OFICINA DE RECURSOS

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Cite as Reglamento Núm. 8716, Art. 19 dup2

HUMANOS Y RELACIONES LABORALES Una vez evaluado el informe del Coordinador, el Director de Recursos Humanos y Relaciones Laborales realizará una determinación basada en los hechos y el derecho aplicable. El Director de Recursos Humanos y Relaciones Laborales tendrá la autoridad para adoptar, modificar 0 rechazar las recomendaciones incluidas en el Informe de la Investigación. El Director de Recursos Humanos y Relaciones Laborales tomará en cuenta el derecho aplicable y la naturaleza 0 gravedad de la conducta imputada, y procederá con la determinación final. La determinación final se le notificará a las partes por escrito, ya sea personalmente 0 mediante correo certificado, a la última dirección que las partes hayan informado al Coordinador. Si se determina que hubo prueba suficiente para concluir que ocurrió conducta inaceptable, inapropiada y/o que ocurrió conducta constitutiva de hostigamiento sexual prohibido por ley, se procederá conforme al procedimiento para la imposición de la sanción disciplinaria, según dispuesto en el Manual de Normas Generales del Trabajo del Banco. Si por el contrario, el resultado de la investigación arroja que la conducta es puramente personal 0 social, sin consecuencias adversas a las condiciones 0 al ambiente de trabajo, se le notificará exclusivamente el resultado a las partes. Si la determinación es una suspensión de empleo y sueldo 0 un despido, se le dará la oportunidad a este empleado de ser oído, antes de que el Banco tome la decisión final en el asunto. Si la parte querellada fuese empleado unionado, en tal caso, si el empleado así lo desea, podrá estar acompañado del Presidente 0 un oficial de la Unión que éste designe, al momento de ser oído. Si los actos de hostigamiento sexual provienen de terceras personas que no son empleados del Banco, se tomarán las medidas que están legalmente al alcance y que procedan en derecho. Esta determinación le será comunicada a las partes, por escrito, a través de una comunicación oficial del Presidente del Banco 0 en quien éste delegue. 19
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