Regl. 8716, art. 19 dup2
INFORME DE DETERMINACIÓN DE LA OFICINA DE RECURSOS
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Cite as Reglamento Núm. 8716, Art. 19 dup2
HUMANOS Y RELACIONES LABORALES
Una vez evaluado el informe del Coordinador, el Director de Recursos Humanos y
Relaciones Laborales realizará una determinación basada en los hechos y el derecho
aplicable.
El Director de Recursos Humanos y Relaciones Laborales tendrá la autoridad para adoptar,
modificar 0 rechazar las recomendaciones incluidas en el Informe de la Investigación. El
Director de Recursos Humanos y Relaciones Laborales tomará en cuenta el derecho
aplicable y la naturaleza 0 gravedad de la conducta imputada, y procederá con la
determinación final. La determinación final se le notificará a las partes por escrito, ya sea
personalmente 0 mediante correo certificado, a la última dirección que las partes hayan
informado al Coordinador. Si se determina que hubo prueba suficiente para concluir que
ocurrió conducta inaceptable, inapropiada y/o que ocurrió conducta constitutiva de
hostigamiento sexual prohibido por ley, se procederá conforme al procedimiento para la
imposición de la sanción disciplinaria, según dispuesto en el Manual de Normas Generales
del Trabajo del Banco. Si por el contrario, el resultado de la investigación arroja que la
conducta es puramente personal 0 social, sin consecuencias adversas a las condiciones 0 al
ambiente de trabajo, se le notificará exclusivamente el resultado a las partes.
Si la determinación es una suspensión de empleo y sueldo 0 un despido, se le dará la
oportunidad a este empleado de ser oÃdo, antes de que el Banco tome la decisión final en el
asunto. Si la parte querellada fuese empleado unionado, en tal caso, si el empleado asà lo
desea, podrá estar acompañado del Presidente 0 un oficial de la Unión que éste designe, al
momento de ser oÃdo.
Si los actos de hostigamiento sexual provienen de terceras personas que no son empleados
del Banco, se tomarán las medidas que están legalmente al alcance y que procedan en
derecho. Esta determinación le será comunicada a las partes, por escrito, a través de una
comunicación oficial del Presidente del Banco 0 en quien éste delegue.
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