Regl. 8716, art. 21 dup2
DERECHO A APELACIÓN Y SOLICITUD DE VISTA
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Cite as Reglamento Núm. 8716, Art. 21 dup2
1. La parte contra quien se determine una medida disciplinaria, tendrá derecho a
presentar una moción de apelación de la determinación y solicitar una Vista
Administrativa Informal, ante un Oficial Examinador, seleccionado por el Banco.
2. La solicitud de apelación se hará por escrito, y deberá ser presentada dentro del
término de quince (15) dÃas calendario del recibo de la notificación de la Medida
Disciplinaria 0 de la fecha del acuse de recibo del correo certificado de la carta.
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3. La solicitud de apelación será dirigida al Presidente de la Junta de Directores y la
misma tiene que ser entregada en la Oficina de Recursos Humanos y Relaciones
Laborales en el término antes provisto.
4. Recibida la solicitud de apelación, la Oficina de Recursos Humanos y Relaciones
Laborales le notificará al empleado, que se le asignó un Oficial Examinador quien
celebrará la Vista Administrativa Informal. En la vista el querellado tendrá la
oportunidad de presentar su versión de los hechos en controversia, asà como,
aquella evidencia pertinente al caso. Esta fecha será notificada dentro de los
próximos quince (15) dÃas laborables antes de la Vista.
5. Una vez transcurrido el término para solicitar apelación, sin que el empleado lo haya
solicitado, el empleado pierde su derecho de revisión.