Regl. 8717, art. 14 dup2
RESPONSABILIDAD DE LOS SUPERVISORES
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Cite as Reglamento Núm. 8717, Art. 14 dup2
Además de sus responsabilidades como empleados, los supervisores deberán:
1. Orientar a los empleados bajo su supervisión sobre la PolÃtica de
Prevención y Prohibición del Discrimen en el Empleo.
2. Mantenerse atentos al comportamiento entre los empleados a su cargo, y
cerciorarse que el personal haya sido orientado en cuanto a la PolÃtica de
Prevención de Discrimen en el Empleo.
3. Velar para que en sus áreas de trabajo no se suscite ninguna conducta 0
evento que pueda ser interpretada 0 constitutiva como discrimen, ya fuera
entre otros supervisores, empleados, contratistas 0 visitantes del BGF.
4. Tomar acción correctivamente inmediatamente, y referir al (la)
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Coordinador (a) de Querellas de la Oficina de Recursos Humanos y
Relaciones Laborales cualquier acto que observe 0 información que reciba
en la que se alegue discrimen en el empleo.