Regl. 8717, art. 36

Reglamento para la Prevención del Discrimen en el Empleo y Procedimiento de Querellas.

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Cite as Reglamento Núm. 8717, Art. 36

Aprobación 26 3 Política Pública en Contra del Discrimen en el Empleo En el Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico, sus Subsidiarias y Afiliadas, se exige un ambiente de trabajo de respeto y tolerancia, donde se consagra la dignidad del ser humano, así como el bienestar y la seguridad de todas las personas que laboran y visitan nuestras facilidades. Acorde con la política pública del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de prevención del discrimen, es ilegal discriminar contra cualquier persona en el empleo, por razón de su raza 0 color; edad; sexo o género; su orientación sexual; identidad de género; información genética; origen social 0 nacional, condición social; afiliación 0 ideas políticas; ideas religiosas; matrimonio; ex militar, servir 0 haber servido en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos 0 por ostentar la condición de veterano 0 veterano incapacitado; impedimento 0 discapacidad física 0 mental 0 cualquier otra condición protegida por ley. Tampoco se permite el discrimen contra personas que sean, hayan sido 0 sean percibidas como víctimas de violencia doméstica, agresión sexual 0 acecho. El discrimen es una conducta inaceptable que afecta y deteriora las relaciones de empleo. A tales efectos, se declara que está terminantemente prohibido cualquier modalidad de discrimen por parte y entre los funcionarios, supervisores, empleados, visitantes, aspirantes y candidatos a empleo, estudiantes, suplidores y contratistas en cualquiera de sus manifestaciones. En el Reglamento para la Prevención del Discrimen en el Empleo y Procedimiento de Querellas se resumen las normas y disposiciones legales vigentes y se detalla el procedimiento administrativo existente para denunciar las querellas que pudieran surgir entre funcionarios, empleados, supervisores, estudiantes, aspirantes y candidatos a empleo, suplidores, contratistas y/o visitantes y las medidas disciplinarias aplicables en las instancias en las que se constituya un acto de discrimen en cualesquiera de sus modalidades. Es muy importante que lean y conozcan las normas aquí discutidas, y que cooperen al máximo para prevenir cualquier conducta o actitud que pueda constituir discrimen en el empleo. De tener cualquier duda 0 para recibir más información, puede comunicarse con el (la) Especialista en Relaciones Laborales de la Oficina de Recursos Humanos y Relaciones Laborales. Much Sot Melba Acosta Febo Presidenta 4
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