Regl. 8760, art. XXV
INSCRIPCIONES.
Cite as Reglamento Núm. 8760, Art. XXV
2501.-Responsabilidad:
El dueño y/o apoderado, según aplique, y el entrenador son responsables por cumplimentar
adecuadamente el Formulario Oficial de nominación e inscripción del ejemplar, con
respecto a la medicación.
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2502.-Formulario:
Al momento de la nominación e inscripción de cada ejemplar, el encargado tendrá que
cumplimentar el formulario oficial, indicando, tal y como si fuera un apero, que el ejemplar
va a participar con medicamentos permitidos.
2503.-Identificación:
El Furosemide será identificado con una "L", independiente de la dosis a ser administrada.