Regl. 8761, art. III

PROPÓSITO

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Cite as Reglamento Núm. 8761, Art. III

El propósito de este Reglamento es cumplir con el mandato contenido en la Ley Hípica, supra, y reglamentar la industria hípica responsablemente, así como de implementar el mandato contenido en la Sección 2.9 de la LPAU, la cual requiere actualizar periódicamente los reglamentos de la agencia administrativa que encabeza la Junta Hípica, con el fin de que sirvan su propósito legislativo y fomenten la política pública desarrollada por dicho Cuerpo sobre los asuntos hípicos. Mediante la aprobación de este reglamento se separa formalmente del Reglamento Hípico vigente la Sección X del mismo, bajo el cual originalmente se habia establecido el Reglamento del Área de Cuadras. Se incorporan además, a la presente reglamentación un gran número de prácticas vigentes y cuestiones de política pública no anteriormente codificadas, así como los asuntos relacionados a este tema que han sido resueltos por la Junta Hípica y que han advenidos finales y firmes.
Regl. 8761, art. III: PROPÓSITO | Justis AI