Regl. 8761, art. IV

APLICABILIDAD

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Cite as Reglamento Núm. 8761, Art. IV

Este Reglamento del Área de Cuadras de la Administración de la Industria y el Deporte Hípico aplicará, según en el mismo se dispone, a todas las personas que se sirven de las facilidades del Área de Cuadras, inclusive de los empleados, funcionarios, oficiales, concesionarios, etc., así como a cualquier persona a quien se le autorice acceder O acceda a dicha área. 2
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