Regl. 8770
Reglamento para el Programa de Internados en el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico. Este Reglamento tiene el propósito de proveer a estudiantes o egresados universitarios cualificados la oportunidad de conocer el funcionamieto del Instituto a través de estudios, investigaciones y la participación en las diversas áreas de competencias de éste.
Length: 2,238 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8770
INSTITUTO DE ESTADÍSTICAS
Fecha: 8 de julio de 2016
Secretario de Estado
Por: José L. Parés Quiñones
Secretario Auxiliar de Asuntos de Gobierno
Reglamento para el Programa de Internados en el Instituto de
Estadísticas de Puerto Rico
Instituto
de Estadísticas
de Puerto Rico
Aprobado el 31 de mayo de 2016
Índice
I. Base Legal
II. Propósito
III. Definiciones
IV. Programa de Internado
V. Normas del Programa
VI. Incentivo Económico
VII. Otros beneficios
VIII. Cláusula de Salvedad
IX. Discrimen
X. Vigencia
2
I. Base Legal
Este Reglamento se aprueba al amparo de las facultades que nos confieren los
Artículos 6 y 11 de la Ley Núm. 209 2003, según enmendada conocida como la
Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico. Se promulga, además, en virtud de la
Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada conocida como la Ley de
Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
II. Propósito
La Dirección Ejecutiva del Instituto está facultada para tomar las acciones que
sean necesarias o convenientes para viabilizar que estudiantes O egresados de
estadísticas o ciencias relacionadas de las universidades se incorporen al Instituto
para que colaboren ad honorem con los trabajos y estudios del Instituto, del
Servicio de Producción Estadística del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, y del
sistema estadístico en general.
A través de este Programa de Internados se le provee a estudiantes o egresados
universitarios cualificados la oportunidad de conocer el funcionamiento del
Instituto a través de estudios, investigaciones, y la participación en las diversas
áreas de competencia de éste con los siguientes objetivos:
Desarrollar y fomentar el interés en el servicio público.
Fomentar el interés por una vinculación permanente a la gestión
profesional en el campo de las estadísticas o ciencias relacionadas.
3
Preparar profesionales disponibles y preparados para trabajar en el campo
de las estadísticas para beneficio del sector público y patronos privados.
Desarrollar capacidades y conocimientos en áreas tales como liderazgo y
supervisión, planificación, auditorías de cumplimiento, sistemas de
recopilación de datos y estadísticas, funcionamiento de las unidades
estadísticas, normativa internacional sobre el sistema de estadísticas, leyes
y reglamentos aplicables a las estadísticas, estándares éticos aplicables a la
función estadística, entre otras áreas.
III. Definiciones
a. Coordinador: funcionario o empleado designado por la Dirección Ejecutiva
para realizar los trabajos relacionados al Programa de Internado
establecidos en este Reglamento.
b. Dirección Ejecutiva: Director(a) Ejecutivo(a) del Instituto de Estadísticas.
C. Estudiantes: estudiante de un programa educativo conducente a un
bachillerato, maestría o cualquier otro grado en cualquier campo
académico.
d. Egresados: persona que cuenta con un grado de bachillerato, maestría o
cualquier otro grado en cualquier campo académico.
e. Incentivo económico: estímulo económico que se otorga al estudiante como
premio y reconocimiento por su participación en el Programa.
f. Junta de Directores: la Junta de Directores del Instituto de Estadísticas.
4
g. Participantes: aquellos estudiantes y egresados seleccionados para
participar en el Programa de Internado.
IV. Programa de Internado
A. Alcance del Programa
Este Programa provee al estudiante y egresado de universidades acreditadas en
Puerto Rico, los Estados Unidos u otros países un escenario para la adquisición del
conocimiento práctico que le ayuda a comprender las funciones que realiza el
Instituto. Además, en esta experiencia se espera que éstos participen en trabajos,
estudios e investigaciones relacionadas con el sistema de estadísticas del Estado
Libre Asociado de Puerto Rico y la aplicación de normas que regirán los procesos
de acopio y análisis de los datos y estadísticas.
B. Coordinador del Programa
El Coordinador realizará las siguientes funciones:
1. Auscultar con la Dirección Ejecutiva y los Gerentes de Proyectos
Estadísticos la disponibilidad y la necesidad de apoyo de los participantes
del Programa para sus proyectos.
2. Mantener actualizado y disponible el material informativo sobre el
Programa.
3. Asegurar que los aspirantes cumplan con los requisitos del Programa y que
sus solicitudes cuenten con los documentos requeridos.
5
4. Coordinar el proceso de entrevistas a los aspirantes.
5. Asegurar la implementación, la divulgación y el cumplimiento con lo
establecido en este Reglamento.
6. Coordinar las evaluaciones de los participantes.
7. Coordinar y ofrecer las orientaciones necesarias para informar a los
empleados del Instituto, a los participantes, a los profesores u otro personal
universitario sobre el Programa.
8. Recibir, informar y orientar a los empleados y funcionarios y a los
participantes del Programa.
9. Preparar informes para la Dirección Ejecutiva y la Junta de Directores sobre
el Programa.
10. Realizar otras tareas administrativas relacionadas o delegadas por la
Dirección Ejecutiva.
C. Requisitos
1. Ser estudiante o egresado en una universidad acreditada en Puerto Rico, en
los Estados Unidos o en otro país.
2. Tener pleno dominio de los idiomas español e inglés.
3. Tener dominio de los programas Microsoft Office, tal como el programa MS
6
Excel.
4. Tener buena conducta y gozar de buena reputación en la comunidad
universitaria y en la sociedad.
5. No haber sido convicto de delito grave o menos grave que conlleve
depravación moral.
6. Tener un promedio académico general de un mínimo de 3.00.
D. Documentos requeridos para solicitar
1. Solicitud de participación.
2. Resumé o Curriculum Vitae.
3. Certificado de antecedentes penales.
4. Certificado de salud.
5. Dos cartas de recomendación de profesores que hayan impartido un curso
al estudiante o egresado solicitante.
6. Ensayo entre 3 a 5 páginas contestando las siguientes preguntas:
a. ¿Qué espera aprender a través del Programa de Internado del
Instituto de Estadísticas de Puerto Rico?
b. ¿Cuáles son sus planes a largo plazo?
C. Describa un proyecto en el cual ha colaborado en su campo de
7
estudio u otro. ¿Cuál fue su rol en el proyecto? ¿Cómo contribuyó al
éxito del proyecto? ¿Cuál es su experiencia en el diseño de bases de
datos?
El Coordinador preparará y suministrará un formulario de solicitud para los
estudiantes y egresados interesados en participar del Programa, el cual requerirá
la información necesaria para evaluar la solicitud.
La Solicitud de Participación del Programa de Internado puede enviarse por
correo, facsímil, cualquier otro medio electrónico o ser entregada personalmente
en el Instituto. Cuando se recibe mediante facsímil o cualquier otro medio
electrónico, la fecha y la hora impresa en la tramitación del documento se
considera como la fecha de recibido.
E. Evaluación de las Solicitudes
El Coordinador realizará la revisión inicial a todas las solicitudes para el
Programa.
Las solicitudes deben estar completas. Se pueden rechazar solicitudes de
participación por las siguientes razones, entre otras:
Solicitudes incompletas.
Por no reunir los requisitos mínimos establecidos.
Luego de que el Coordinador verifique que la solicitud cuenta con todos los
documentos requeridos y que el estudiante o egresado cumple con los requisitos,
8
el Coordinador guardará los documentos de la solicitud en un expediente
electrónico designado para este propósito; y el Coordinará le comunicará a los
empleados del Instituto la solicitud completa recibida para su revisión.
F. Entrevista
Sólo las solicitudes acompañadas de todos los documentos requeridos serán
evaluadas para participar de una entrevista.
La entrevista será conducida por el empleado bajo cuya supervisión estará el
participante. La Dirección Ejecutiva también podrá conducir entrevistas y podrá
delegar esta función en otros funcionarios o empleados particulares. El
Coordinador también podrá participar de la entrevista.
De aprobar satisfactoriamente la entrevista, el Gerente u otro empleado, bajo cuya
supervisión estará el participante, solicitará la inclusión del estudiante o egresado
en el Programa de Internado del Instituto a la Dirección Ejecutiva. La solicitud
deberá tramitarse por correo electrónico y deberá incluir una descripción de las
tareas, el horario típico de participación y el periodo de participación en el
Programa de Internado. Las solicitudes se aprobarán sujeto a la disponibilidad de
recursos en el presupuesto aprobado del Instituto.
G. Notificación de la Selección de Participantes
El Coordinador le notificará a los estudiantes y egresados sobre su selección para
participar en el Programa. Además, para aquellas solicitudes con más de 30 días
sin respuesta desde su radicación, el Coordinador le notificará a aquellos
9
estudiantes o egresados que aún no han sido seleccionados.
H. Tareas a realizar
Los participantes podrán trabajar con los Grupos de Proyectos Estadísticos,
Sistemas de Información, Administración y la Dirección Ejecutiva. De acuerdo al
Grupo asignado, y a los proyectos vigentes, será supervisado por un empleado. Al
comienzo del internado se preparará un plan de trabajo con las tareas a realizar y
los resultados esperados, los cuales guiarán la evaluación final del participante.
La evaluación del participante estará a cargo del Gerente que lo supervise.
V. Normas del Programa
Durante la participación en el Programa, los participantes se deben a los valores
de responsabilidad, integridad, prudencia, profesionalidad y confidencialidad.
Con el objetivo de que estas prácticas se desarrollen del modo más adecuado, tanto
para el Instituto como para los participantes del Programa, estos deben cumplir
con las siguientes normas:
1. Realizar las tareas encomendadas con un máximo esfuerzo y
profesionalidad.
2. Cumplir con el horario en que se realizarán las prácticas y con las
instrucciones que se les imparta a esos efectos. En caso de ausencias,
notificarán la misma a la persona asignada en la supervisión.
3. No divulgar, utilizar ni revelar a otros la información confidencial obtenida
10
con motivo de su relación laboral con el Instituto de Estadísticas de Puerto
Rico, ya sea intencionalmente, o por falta de cuidado adecuado en sus
funciones oficiales (se le requerirá cumplimentar un compromiso de
protección de confidencialidad).
4. Manejar la información confidencial de la misma manera que maneja la
información propia de carácter confidencial, la cual bajo ninguna
circunstancia podrá estar por debajo de los estándares aceptables de debida
diligencia y prudencia.
5. Utilizar la propiedad del Instituto sólo con fines oficiales, siendo
responsable de su cuidado y conservación.
6. Observar las normas correctas de comportamiento, ser corteses y
respetuosos.
7. Observar y aplicar las disposiciones de la reglamentación adoptada por el
Instituto sobre el Hostigamiento Sexual en el Empleo y no discrimen por
orientación sexual e identidad de género, y las normas de seguridad y de
uso de los sistemas de información, las normas de seguridad ocupacional,
entre otros.
8. No cometer violaciones de ley o reglamento.
9. No consumir bebidas alcohólicas ni sustancias controladas en el horario del
internado y de las actividades oficiales.
10. Se prohíbe el uso de cualquier distintivo, emblema O logo, que identifique
al participante con determinado partido político o candidato a puesto
11
electivo en su vestimenta o sobre su persona de forma visible mientras esté
en el horario de internado o se encuentre en el Instituto de Estadísticas.
11. Cualquier otra norma que adopte el Instituto.
El incumplimiento de estas normas conllevará la cancelación de participación en
el Programa de Internado y la devolución de la cantidad total que recibió como
Incentivo económico. Además, deberá responder por los daños y perjuicios que
dicho incumplimiento genere o sea capaz de generar al Instituto de Estadísticas de
Puerto Rico, sin perjuicio de las acciones que este pueda deducir a efectos de lograr
el cese de la conducta contraria al mismo. Por último, responderá por las
violaciones que incurra a la citada Ley Núm. 209.
VI. Incentivo Económico
Los participantes del Programa, sujeto a la disponibilidad de fondos y la
legislación vigente, podrán recibir un incentivo económico por su participación en
el mismo. De establecerse alguno, la cantidad será determinada por la Dirección
Ejecutiva y se informará en el material informativo sobre el Programa que se
publicará. Para esto, la Dirección Ejecutiva podrá tomar en consideración factores
como el nivel de educación alcanzado, la experiencia profesional obtenida, el
campo de estudio, entre otros factores, y esta cantidad podrá ser ajustada en la
medida que el estudiante se desarrolle, sujeto a evaluación. Cualquier
requerimiento que se establezca para ser acreedor al mismo, se notificará en el
material informativo.
12
VII. Otros beneficios
Los estudiantes tendrán la oportunidad de recibir exención de matrícula y de
poder participar en algunos de los cursos del Programa de Academias y Talleres
del Instituto. Los estudiantes y egresados que participen de los cursos no recibirán
compensación alguna por las horas de asistencia a los mismos.
VIII. Cláusula de Salvedad
Si cualquier disposición de este Reglamento fuera declarada nula por un tribunal
con jurisdicción competente, dicha determinación no afectará la validez de las
restantes disposiciones del mismo.
Lo dispuesto en este Reglamento enmienda cualquier directriz o instrucción
incluida en los manuales, las normas, los procedimientos o los instructivos
aprobados previamente por el Instituto que sea incompatible con las nuevas
disposiciones aprobadas. Se deroga el Manual del Programa de Internado del
Instituto de Estadísticas de Puerto Rico.
IX. Discrimen
La Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y las leyes prohíben el
discrimen, entre otros motivos, por orientación sexual, identidad de género,
matrimonio independientemente del género o sexo de quienes lo compongan,
raza, sexo, color, edad, religión, estado de embarazo, origen nacional, ideas
políticas o religiosas, condición social, por ser militar, ex-militar, servir o haber
servido en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos o por ostentar la condición
13
de veterano, impedimento físico o mental, por ser víctima de violencia doméstica
o agresión sexual o a base de información genética.
Para propósitos de este Reglamento, todo término utilizado para referirse a una
persona se refiere a ambos sexos.
X. Vigencia
Este Reglamento comenzará a regir treinta 30 días después de la fecha de su
radicación en el Departamento de Estado.
Aprobado el 31 de mayo
de 2016.
Plan. Joel Meléndez Díaz
Presidente, Junta de Directores
Dr. Mario Marazzi-Santiago
Dirección Ejecutiva
14