Regl. 8802, art. VIII-IV

APLICABILIDAD.

Last amended: 1988Length: 53 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8802, Art. VIII-IV

Este Reglamento aplica a los descuentos que en virtud del Art. 20 de la Ley Hípica deben hacer las empresas operadoras de hipódromos sobre las apuestas para el Fondo de Criadores, cualesquiera otras partidas que se designen en el futuro para ingresar en dicho Fondo, así como la administración y distribución del mismo.
Regl. 8802, art. VIII-IV: APLICABILIDAD. | Justis AI