Regl. 8819, art. 10-10.1

Seguridad en el Empleo

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Cite as Reglamento Núm. 8819, Art. 10-10.1

Los empleados de carrera con status regular tienen seguridad de empleo siempre que satisfagan los criterios de productividad, eficiencia, hábitos, actitudes, orden y disciplina que deben prevalecer en el Banco. Los referidos criterios a base, entre otros factores, 67 de las funciones de los puestos y de los deberes y obligaciones mínimas necesarias que a continuación se disponen con los cuales debe cumplir un empleado, entre otros: 1. Asistir al trabajo con regularidad y puntualidad y cumplir la jornada de trabajo establecida. 2. Observar normas de comportamiento correcto, cortés y respetuoso en sus relaciones con sus supervisores, compañeros de trabajo y ciudadanos. 3. Realizar eficientemente y con diligencia las tareas y funciones asignadas a su puesto y otras compatibles con éstas que se le asignen. 4. Acatar aquellas órdenes e instrucciones de sus supervisores compatibles con la autoridad delegada en éstos y con las funciones, actividades y objetivos del Banco. 5. Mantener la confidencialidad de aquellos asuntos relacionados con su trabajo a menos que reciba un requerimiento formal 0 permiso de una autoridad competente que le requiera la divulgación de algún asunto. 6. Realizar tareas durante horas no laborables cuando la necesidad del servicio así lo exija y previa notificación adecuada, con antelación razonable. 7. Vigilar, conservar y salvaguardar documentos, bienes e intereses públicos que estén bajo su custodia. 8. Cumplir las disposiciones de este reglamento y de las normas adoptadas en virtud del mismo. 9. Cumplir con las normas de conducta, de ética y moral establecidas en la Ley Núm. 1- 2011, según enmendada, conocida como "Ley de Ética 68 Gubernamental del Estado Libre Asociado de Puerto Rico," y cualquier otra norma establecida por la Oficina de Ética Gubernamental. Los empleados también deberán cumplir con la obligación de rendir planilla de contribución sobre ingreso ante el Departamento de Hacienda como parte del requisito de ingreso y de retención en el empleo. También deberán cumplir a cabalidad con la Ley de Ética Gubernamental y su reglamentación, así como a cualquier otra legislación cuyo cumplimiento se requiera a todo empleado público.
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