Regl. 8819, art. 24
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Cite as Reglamento Núm. 8819, Art. 24
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REGLAMENTO DE PERSONAL DEL SERVICIO DE CARRERA
DEL BANCO GUBERNAMENTAL DE FOMENTO
PARA PUERTO RICO
INTRODUCCIÓN
El Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico (en adelante BGF O Banco) se
creó mediante la Ley 252 1942 con el propósito de lograr el "completo desarrollo de
los recursos humanos y económicos de Puerto Rico". La Ley 272 1945, facultó al BGF
para actuar como agente fiscal y asesor financiero del gobierno central y sus agencias,
y la Ley 17- 1948, que es la Ley Habilitadora del Banco establece todas sus
responsabilidades y facultades.
El BGF es esencial en el desarrollo económico y social de la isla desde su creación en
el 1942, contribuyendo a transformar a Puerto Rico de una economÃa agraria a la
sociedad moderna e industrializada que es hoy dÃa. A medida que Puerto Rico ha
evolucionado, el BGF también ha cambiado, adaptándose constantemente para
atender los principales retos sociales y económicos que ha confrontado la Isla. A
través de su historia, el Banco ha demostrado ser una institución dinámica con la
flexibilidad y creatividad necesarias para generar soluciones que atiendan las
necesidades cambiantes de la Isla.
En sus primeros años, el Banco intervino directamente en el desarrollo de Puerto Rico
financiando proyectos necesarios para mover la economÃa, pero riesgosos para
inversionistas privados. El Banco ha sido el agente catalÃtico de la transformación de
Puerto Rico. De promover, durante un perÃodo histórico especÃfico, un "gobierno
empresario", el Banco pasó a visualizar el papel del gobierno como de facilitador de
procesos para el sector privado. La función principal del Banco fue de proveer
mecanismos de financiamiento a entidades públicas y privadas para adelantar el
desarrollo económico de la Isla. Recientemente, bajo la Ley 21-2016, Ley de Moratoria
de Emergencia y Rehabilitación Financiera de Puerto Rico, las funciones de agente
fiscal y de asesor financiero se transfirieron a la Autoridad de AsesorÃa Financiera y
Agencia Fiscal de Puerto Rico.
La Ley para la Administración de los Recursos Humanos del Servicio Público del
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Ley 184-2004, según enmendada, dispone en
su sección 5.3 que están excluidas de la misma las agencias 0 instrumentalidades del
gobierno que como el Banco funcionen como empresas O negocios privados. En
cuanto a las entidades excluidas, la Ley 184-2004, dispone que le aplica el principio de
mérito y están obligadas a adoptar reglamentación que incorpore el principio de mérito
a la administración de sus recursos humanos.
Este Reglamento cumple con ese mandato y atiende la necesidad de establecer
criterios definidos para la gerencia de los recursos humanos del Banco incluidos en el
Servicio de Carrera. Desde el 1976 el Banco aprobó su primer Reglamento de
Personal, el cual se ha revisado en varias ocasiones para incluir los nuevos desarrollos
en la administración de recursos humanos y los cambios en la legislación laboral. Con
este nuevo reglamento de personal se ratifica que el mérito será el principio rector en la
administración de recursos humanos asegurando asà que sean los más aptos los que
sirvan al Banco y al paÃs y que todo empleado sea seleccionado, adiestrado,
ascendido, clasificado, tratado y retenido en su empleo en consideración al mérito y
capacidad. El Presidente del Banco será el responsable de la administración y fiel
cumplimiento del Reglamento. Para facilitar su administración, el Presidente
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establecerá aquellos procedimientos y reglamentación interna que determine necesaria
siempre que esté en armonÃa con el contenido y propósito del Reglamento. El
Presidente podrá, asà mismo, delegar la administración del Reglamento en aquellos
oficiales del Banco que estime conveniente.
Este Reglamento se aprueba mientras está vigente la "Ley Especial de Sostenibilidad
Fiscal y Operacional del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico", Ley 66-
2014. Algunas de las disposiciones de este Reglamento contravienen lo dispuesto en la
Ley 66- 2014. En esos casos, mientras esté vigente del referido estatuto aplicará su