Regl. 8819, art. 6-6.6
Clasificación y Reclasificación de Puestos
Length: 392 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8819, Art. 6-6.6
1. Clasificación de Puestos
Todos los puestos se asignarán oficialmente a las clases correspondientes. Los puestos
de nueva creación se asignarán a una de las clases comprendidas en los planes de
clasificación. No existirá ningún puesto sin clasificación. Los puestos de nueva
creación se asignarán a una de las clases comprendidas en el Plan de Clasificación.
No se nombrará persona alguna en un puesto que no haya sido clasificado previamente.
El Presidente 0 su representante autorizado se abstendrán de formalizar contratos de
servicios con personas en su carácter individual cuando las condiciones y caracterÃsticas
de la relación que se establezca entre patrono y empleado sean propias de un puesto. En
estos casos se procederá a la creación del puesto de acuerdo a las disposiciones y
procedimientos establecidos para la clasificación en este Reglamento.
2. Reclasificación de Puestos
Se justificará reclasificar los puestos cuando esté presente alguna de las situaciones
siguientes:
a. Clasificación Original Errónea
En esta situación no existe cambio significativo en las funciones del puesto, pero
se obtiene información adicional que permite corregir una apreciación inicial
equivocada sobre la clasificación correcta del puesto.
23
b. Modificación a los Planes de Clasificación
En esta situación no existen necesariamente cambios significativos en las
descripciones de los puestos, pero en el proceso de mantener al dÃa el plan de
clasificación mediante la creación, eliminación, consolidación, segregación, o
alteración de clases de puestos, surge la necesidad de cambiar la clasificación
de algunos puestos.
C. Cambio Sustancial de Deberes, Responsabilidades o Autoridad
Es un cambio deliberado y sustancial en la naturaleza, complejidad O autoridad
del puesto, que el cambio resulta en una jerarquÃa superior o inferior O lo ubica
en una clase distinta al mismo nivel de jerarquÃa.
d. Evolución del Puesto
Es el cambio gradual que tiene lugar con el transcurso del tiempo el que conlleva
un aumento en los deberes, autoridad y responsabilidades del puesto que
ocasiona una transformación del puesto original.
Cuando un empleado considere que el puesto que ocupa está clasificado
erróneamente O ha sufrido un cambio sustancial en sus funciones puede solicitar un
estudio canalizado a través de su supervisor inmediato y del director del departamento
u oficina. El Banco en un perÃodo de tiempo razonable realizará el correspondiente
estudio de clasificación. De proceder la reclasificación, se aplicarán las mismas
disposiciones de retribución que se aplican en caso de ascensos.
24