Regl. 8819, art. 9-9.4
Reembolso Pago de MatrÃcula
Length: 542 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8819, Art. 9-9.4
Se podrá autorizar el reembolso de pago de matrÃcula a los empleados, conforme a las
normas que se establecen a continuación y sujeto a la disponibilidad de los fondos
asignados en el presupuesto del Banco y/o la situación fiscal del Banco
1. Disposiciones Generales
a. El reembolso de pago de matrÃcula se utilizará como un recurso para el
mejoramiento de conocimientos y destrezas requeridas a los empleados
para que éstos alcancen el mejor desempeño de sus funciones.
63
b. El reembolso de pago de matrÃcula se aplicará a estudios técnicos y/o
académicos de nivel universitario que se lleven a cabo en Puerto Rico en
instituciones oficialmente acreditadas por el Estado Libre Asociado de
Puerto Rico.
C. Se podrá autorizar hasta un máximo de doce (12) créditos a un empleado
durante un semestre escolar y seis (6) en una sesión de verano. En
casos excepcionales, podrá autorizarse un número mayor de créditos. Se
dejará constancia, en cada caso, de las razones de mérito que justifiquen
la acción tomada.
2. Establecimiento de Prioridades
Al establecer las prioridades que regirán esta actividad se tomará en
consideración, entre otros, uno o más de los criterios siguientes:
a. La necesidad de preparar personal en determinadas materias para
prestar un mejor servicio, mejorar la eficiencia del personal o adiestrar el
mismo en nuevas destrezas.
b. Que sean cursos O asignaturas estrechamente relacionadas con los
deberes y responsabilidades del puesto que ocupa el empleado.
C. Que sean cursos 0 materias conducentes a un grado técnico, asociado O
bachillerato 0 postgraduados en campos relacionados con el Banco.
d. Que sean cursos O asignaturas preparatorios para permitir al personal
asumir nuevos deberes y responsabilidades, cónsonas con las
necesidades del servicio del Banco.
64
3. Solicitudes
a. La solicitud de reembolso tiene que ser sometida por el empleado a su
supervisor inmediato para su recomendación, acompañada de copia de la
matrÃcula y descripción oficial del curso que solicita
b. El supervisor inmediato enviará la solicitud de reembolso con su
recomendación a la Oficina de Recursos Humanos y Relaciones
Laborales, que la evaluará y notificará su determinación.
C. La solicitud debe someterse mientras esté vigente el periodo de estudios
correspondiente al mismo o antes de finalizar el año fiscal en curso. De no
someter dentro de ese periodo, perderá el derecho a reclamar el
reembolso.
4. Reembolso
El reembolso de pago de matrÃcula será en proporción a la calificación obtenida
según se indica a continuación:
Calificación
Reembolso
A
100%
B
75%
C
50%
Menos de C
No reembolso
Será responsabilidad del empleado someter evidencia oficial de su
aprovechamiento académico. Una vez finalizado el curso deberá someter a la
Oficina de Recursos Humanos y Relaciones Laborales evidencia de la calificación
65
obtenida. Al finalizar el grado deberá someter copia del diploma, transcripción de
créditos y certificación de graduación. Además, el Director de Recursos Humanos
y Relaciones Laborales podrá, cuando asà lo considere necesario, solicitar de los
centros de estudio una relación de las calificaciones obtenidas por sus empleados
en cursos cuya matrÃcula haya sido sufragada mediante este Programa.
5. Gastos que se Autorizarán
La autorización de reembolso de pago de matrÃcula sólo incluye los gastos por
concepto de horas créditos de estudios. Las cuotas y los gastos incidentales
correrán por cuenta de los empleados.