Regl. 8820, art. 12-12.2
Horario
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Cite as Reglamento NĂºm. 8820, Art. 12-12.2
Como regla general, el horario regular diario de trabajo se establecerĂ¡ sobre la
base de una hora fija de entrada y una de salida, aunque el Banco, podrĂ¡ adoptar
un sistema de horario flexible o escalonado conforme a las necesidades del
servicio.