Regl. 8820, art. 4
DEFINICIONES
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Cite as Reglamento Núm. 8820, Art. 4
Los términos usados en este Reglamento tienen el significado que a continuación se expresa, a
menos que de su contexto se desprenda una interpretación distinta:
1. Adiestramiento de Corta Duración
Actividad de capacitación práctica o de estudios técnicos o académicos de una
duración no mayor de seis (6) meses que prepara al empleado para el mejor
desempeño de sus funciones.
2. Ascenso
Cambio de un empleado de un puesto en una clase a un puesto en otra clase, para la
cual se ha provisto un tipo mÃnimo de retribución superior.
3. Autoridad Nominadora
Presidente del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico.
4. Banco
Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico.
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5. CesantÃa
La separación del servicio impuesta a un empleado debido a la eliminación de un
puesto por falta de trabajo o fondos, o a la determinación de que está fÃsica o
mentalmente incapacitado para desempeñar los deberes esenciales de su puesto.
6. Clase 0 Clases de Puestos
Un grupo de puestos cuyos deberes, Ãndole de trabajo, autoridad y responsabilidad
sean de tal modo semejantes que puedan razonablemente denominarse con el mismo
tÃtulo, exigirse a sus ocupantes los mismos requisitos mÃnimos, los mismos exámenes
y aplicarse la misma escala de retribución.
7. Clasificación de Puestos
El proceso mediante el cual se estudia, analizan, y ordenan en forma sistemática, los
deberes y responsabilidades de los diferentes puestos que integran una organización
formando clases 0 series de clases.
8. Descenso
El cambio de un empleado de un puesto en una clase a un puesto en otra clase, para la
cual se haya provisto un tipo mÃnimo de retribución menor.
9. Descripción de Puestos
Documento que contiene una descripción de las funciones esenciales y marginales de
cada puesto, grado de autoridad, responsabilidad y supervisión inherente a éste, asÃ
como las condiciones de trabajo presentes en el desempeño de las mismas.
10. Destitución
Separación total, absoluta y definitiva del servicio impuesta a un empleado como
medida disciplinaria por justa causa.
11. Especificación de Clase
Documento que contiene una descripción genérica, en la que se indica un número de
codificación, tÃtulo oficial descriptivo de sus funciones, una descripción clara de la
naturaleza del trabajo, complejidad, responsabilidad y autoridad requerida de sus
ocupantes, ejemplos del trabajo, conocimientos, habilidades, destrezas, preparación
académica y experiencia mÃnima que deben poseer los aspirantes a los puestos
asignados a las clases, asà como la duración del perÃodo probatorio y el sueldo mÃnimo
y máximo asignado a la clase.
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12. Formulación de Cargos
Documento mediante el cual el Presidente o el funcionario en quien éste delegue,
notifica a un empleado las violaciones incurridas respecto a los estándares de
desempeño y disciplina que deben prevalecer en el Banco y la determinación de
imponer una medida disciplinaria.
13. Grupo Ocupacional 0 Profesional
Agrupación de clases y series de clases que describen puestos comprendidos en la
misma rama o actividad de trabajo.
14. Junta de Directores
Autoridad máxima que ejercerá los poderes del Banco Gubernamental de Fomento
para PR compuesta por los miembros que se disponen por Ley.
15. Ley
Ley para la Administración de los Recursos Humanos del Servicio Público, Ley Núm.
184-2004, según enmendada.
16. Nombramiento
Designación oficial de una persona para realizar determinados deberes y
responsabilidades.
17. PerÃodo Probatorio
Término de tiempo fijo durante el cual un empleado, al ser nombrado en un puesto,
está en perÃodo de adiestramiento y prueba, y sujeto a evaluaciones periódicas en el
desempeño de sus deberes y responsabilidades.
18. Plan de Clasificación
La agrupación sistemática de puestos en clases y series de clases, en virtud de sus
deberes y responsabilidades, y el conjunto de principios y prácticas generalmente
aceptadas que rigen su implantación y administración.
19. Principio de Mérito
Concepto de que los empleados de carrera serán clasificados, seleccionados,
adiestrados, ascendidos, retenidos y tratados en todo lo referente a su empleo en
consideración al mérito y la capacidad, sin discrimen conforme a las leyes aplicables,
incluyendo discrimen por razón de raza, color, sexo, nacimiento, edad, origen 0
condición social, matrimonio, por ideas polÃticas o religiosas, orientación sexual,
identidad de género por ser vÃctima 0 ser percibida como vÃctima de violencia
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doméstica, agresión sexual o acecho, condición de veterano ni por impedimento fÃsico
0 mental.
20. Presidente
Presidente del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico.
21. Puesto
Conjunto de deberes y responsabilidades asignadas o delgadas por la Autoridad
Nominadora, que requieren el empleo de una persona durante una jornada de trabajo
completa o parcial.
22. Reembolso pago de matrÃcula
Ayuda económica concedida a empleados regulares para sufragar los gastos por
concepto de admisión a cursos académicos que se llevan a cabo en centros de
enseñanza reconocidos en el paÃs.
23. Reclasificación
Acción de clasificar un puesto que habÃa sido clasificado previamente dentro de un
mismo Plan de Clasificación. La reclasificación puede ser a una clase con una escala
de sueldo superior, igual o inferior.
24. Reglamento
Reglamento de Personal para el Servicio de Carrera del Banco Gubernamental de
Fomento para Puerto Rico.
25. Reinstalación
El regreso al servicio de carrera, después de haberse separado del servicio por alguna
de las causas siguientes:
a) separación de puestos de confianza, si previo a su nombramiento al servicio de
confianza el empleado ocupaba un puesto de carrera con status regular;
b) incapacidad fÃsica o mental;
c) a la terminación de cualquier tipo de licencia sin sueldo.
26. Renuncia
Separación total, absoluta y voluntaria de un empleado de su puesto por su intención
expresada por escrito.
27. Serie 0 Serie de Clases
Agrupación de clases que refleja los distintos niveles jerárquicos de trabajo existentes.
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28. Suspensión de Empleo y Sueldo
La separación temporera del servicio y retribución por un término especÃfico impuesta
a un empleado o funcionario por justa causa, y como medida disciplinaria, previa
formulación de cargos, por escrito, firmada por el Presidente o su representante
autorizado.
29. Traslado
El cambio de un empleado de un puesto a otro en la misma clase o a un puesto en otra
clase con funciones de nivel similar, para la cual se ha provisto el mismo tipo mÃnimo
de retribución.