Regl. 8848, art. XVIII-804
Lugar: Las sesiones ordinarias de la Junta se celebrarán en sus oficinas en
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Cite as Reglamento Núm. 8848, Art. XVIII-804
el Municipio de San Juan, Puerto Rico, y deberán anunciarse con suficiente
anticipación, pudiendo convocar sesiones extraordinarias fuera de sus oficinas,
cuando sea necesario O conveniente.