Regl. 8859, art. V-5.4

Investigación sobre Historial.

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Cite as Reglamento Núm. 8859, Art. V-5.4

(a) Cada solicitante y sus directivos, en el caso de las solicitudes de empresa operadora licenciada y de proveedores, estarán sujetos a una evaluación de su 39 historial, a su costo; y la radicación de su solicitud de licencia constituirá una autorización expresa para tal investigación, así como para el examen de las cuentas, documentos y libros de contabilidad y cualesquiera otra información y documentación necesaria para dicha investigación que se encuentre bajo la posesión y en control del solicitante; así como de aquélla que esté bajo posesión O control de terceras personas, en cuyo caso el solicitante autorizará su inspección. (b) Dicha investigación podrá ser canalizada por conducto de la Oficina del Administrador y el costo será asumido por el solicitante, pagadero tan pronto se le requiera.
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