Regl. 8859, art. V-5.4
Investigación sobre Historial.
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Cite as Reglamento Núm. 8859, Art. V-5.4
(a) Cada solicitante y sus directivos, en el caso de las solicitudes de empresa
operadora licenciada y de proveedores, estarán sujetos a una evaluación de su
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historial, a su costo; y la radicación de su solicitud de licencia constituirá una
autorización expresa para tal investigación, asà como para el examen de las cuentas,
documentos y libros de contabilidad y cualesquiera otra información y documentación
necesaria para dicha investigación que se encuentre bajo la posesión y en control del
solicitante; asà como de aquélla que esté bajo posesión O control de terceras
personas, en cuyo caso el solicitante autorizará su inspección.
(b) Dicha investigación podrá ser canalizada por conducto de la Oficina del
Administrador y el costo será asumido por el solicitante, pagadero tan pronto se le
requiera.