Regl. 8944, art. 907

Salón de Jinetes:

Last amended: 1988Length: 95 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8944, Art. 907

(a) La Empresa Operadora proveerá un Salón de Jinetes y un Salón de Jockettes cuyas facilidades serán aprobadas por el Administrador y contarán como mínimo con el área de baño, área común de relajamiento, área de pesaje y área de preparación para las carreras. (b) La Empresa Operadora tendrá una persona a cargo de los salones de Jinetes y jockettes y éste proveerá mantenimiento adecuado a dicha área; disponiéndose que presentará las querellas correspondientes ante el Administrador contra las personas que hagan mal uso de éstos y/o de las facilidades provistas en los mismos. 45
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