Regl. 8945, art. 716
No Apuestas para Segundo Lugar:
Cite as Reglamento Núm. 8945, Art. 716
Si no se han hecho apuestas para Segundo lugar a un ejemplar que llegue primero o
segundo en una carrera según el orden de llegada oficial declarado por el Jurado, el
dinero apostado para el segundo lugar en esa carrera se distribuirá entre los tenedores
de boletos del otro ejemplar que haya llegado primero O segundo, según sea el caso.