Regl. 8945, art. XIII

DUPLETA.

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Cite as Reglamento Núm. 8945, Art. XIII

1301. Dupleta ("Daily Double"): Es una modalidad de apuesta autorizada que consiste en acertar en un solo boleto los ganadores de dos (2) carreras consecutivas, específicamente así designadas en el Programa Oficial. 1302. Registro de las Apuestas: Los comprobantes de las apuestas en cada carrera con la modalidad de Dupleta, tanto en el hipódromo como fuera de éste en los lugares autorizados a recibir dichas apuestas, deberán constar en los registros de los Inspectores de Apuestas de la Administración antes de declararse oficial el resultado de la primera de las carreras para dicha apuesta. 1303.- Pago de las Dupletas: Del Total Bruto Apostado a determinada Dupleta, luego de realizar las deducciones por reembolso de boletos y aquéllas dispuestas por las leyes y los reglamentos aplicables, resultará el Total Neto de dinero Apostado para la carrera de Dupleta específica, el cual se distribuirá entre las apuestas ganadoras en el siguiente orden de precedencia, de acuerdo al orden oficial de llegada en cada carrera y luego de declarado éste por el Jurado: 23 (a) Como un solo dividendo computado a base de aquellos boletos que lograron acertar los ganadores oficiales en ambas carreras de la Dupleta; y de nadie acertarlos, entonces, (b) Como una división, por partes iguales, del beneficio neto, a dividirse entre los que acertaron el ganador oficial de cualesquiera de las dos carreras de esa Dupleta; pero de nadie acertarlos; como una división, por partes iguales, del beneficio neto, a dividirse entre los boletos que acertaron el ganador oficial en cualesquiera de las dos carreras de esa Dupleta; pero de nadie acertarlas, entonces, (c) Se pagará el Total Neto Apostado para esa Dupleta entre los boletos emitidos en ella. 1304. - Requisitos para Acertar las Dupletas: (a) Para resultar ganador y acreedor al dividendo en la apuesta de la Dupleta, es necesario que el apostador haya seleccionado el ejemplar ganador de cada una de las dos carreras señaladas para tal modalidad de apuesta. (b) Si cualquiera de los ejemplares seleccionados por el apostador falla en ganar, el boleto de apuesta queda sin valor, con excepción de lo que dispone este Reglamento en los casos especiales aquí descritos. 1305.- Notificación de Dividendos: (a) Los probables dividendos en las apuestas de las Dupletas se anunciarán al público en un mínimo de dos (2) ocasiones al público tanto a las personas presentes en el hipódromo como a través de los medios de difusión masiva 24 antes de la celebración de la primera y segunda carrera que completan la apuesta de Dupleta en las carreras autorizadas para esta modalidad. (b) En los casos de emergencia, se tendrá que determinar el dividendo después de declararse oficial el resultado de la segunda carrera de la Dupleta, resolviendo la situación de emergencia. 1306.- No Ventas: (a) Si no se vendiese boleto alguno que contenga los ganadores de ambas carreras de la Dupleta, la cantidad neta a repartir se distribuirá por partes iguales entre los tenedores de boletos que tengan el ganador de la primera o de la segunda carrera de la Dupleta. 1307.- Empates: (a) En caso de empate en cualesquiera de la primera O segunda carrera O en ambas carreras de la Dupleta, resultarán ganadoras tantas combinaciones como ejemplares terminaron empatados. (b) El dividendo a pagarse a cada combinación ganadora será computado de la siguiente manera: (1) Del total apostado se harán las deducciones requeridas por ley y el remanente constituirá la cantidad neta a distribuir, la cual se le dividirá entre el importe total apostado a todas las combinaciones ganadoras. (2) El remanente será dividido en tantas partes iguales como combinaciones de ejemplares hayan figurado en el(los) empate(s) y se le sumará el importe apostado a cada combinación ganadora. 25 (3) Cada parte a su vez será dividida entre la cantidad de dinero apostado de cada combinación ganadora. Esto determinará el pago, por dólar invertido, en cada boleto ganador. 1308.- Cancelación de la(s) Carrera(s): (a) Si por cualquier razón una de las carreras de la Dupleta es cancelada antes de celebrarse ésta, O la primera carrera de la Dupleta no se celebrase, O que antes de celebrarse ésta, el Jurado la anulare, declarándola como "No Celebrada" para todas las apuestas, la cantidad total apostada a la Dupleta envuelta será devuelta a los apostadores de ella. (b) Si la primera carrera de la Dupleta se declarara como "No Celebrada", luego de haberse llevado a cabo la misma, la cantidad neta a repartir se distribuirá entre los boletos que tengan el ganador de la segunda carrera de la Dupleta. (c) Si por cualquier razón la segunda carrera de la Dupleta es cancelada y no se celebrase, 0 que antes de celebrarse ésta, el Jurado la anulare, declarándola como "No Celebrada", luego de la primera carrera tener un ganador oficial, para todas las apuestas la cantidad neta a repartir se distribuirá entre los boletos que tengan el ganador de la primera carrera de esa Dupleta. (d) En caso de un empate en la primera carrera, el Total Neto Apostado será distribuido por partes iguales entre todos los ejemplares envueltos en el empate. (e) En caso de un empate en la segunda carrera, el Total Neto Apostado será distribuido por partes iguales entre los que acertaron la primera carrera y todos los ejemplares envueltos en el empate en la segunda carrera. 26 (f) Si por cualquier razón no se celebran las dos carreras de la Dupleta o el Jurado las anulare para todas la apuestas, la Empresa Operadora devolverá a los apostadores el montante total apostado. 1309.- Ejemplares Retirados: (a) Retiro Primera Carrera: En caso de que uno O más ejemplares de la primera carrera de la Dupleta, sea(n) retirado(s) por el Jurado Hípico por recomendación del Juez de Salidas O el Veterinario Oficial, antes de celebrada la primera carrera de esa Dupleta, todo el dinero en combinaciones jugadas que incluyan al 0 a los ejemplares retirados, serán deducidos del total apostado en esta Dupleta y le será devuelto a los apostadores con boletos conteniendo dichas combinaciones. (b) Retiro Segunda Carrera, Antes de Celebrarse la Primera Carrera: En caso de que uno o más ejemplares de la segunda carrera de la Dupleta, sea(n) retirado(s) por el Jurado Hípico por recomendación del Juez de Salidas o el Veterinario Oficial antes del cierre de las apuestas de la primera carrera de esa Dupleta, todo el dinero apostado en las combinaciones que tengan al ejemplar o ejemplares retirados, incluyendo el ejemplar O ejemplares, será deducido del total apostado en esa Dupleta y le será devuelto a los apostadores con boletos conteniendo las combinaciones afectadas. (c) Retiro Segunda Carrera, Después de Celebrarse la Primera Carrera: Cuando uno 0 más ejemplares de la segunda carrera de la Dupleta sea(n) retirado(s) después de haberse celebrado la primera carrera de la Dupleta, 0 si se determina por el Juez de Salidas que uno O más ejemplar(es) no pudo o pudieron competir en dicha carrera por no abrir su(s) compuerta(s) del portón de 27 salidas en igualdad de condiciones que los demás competidores, todos los boletos de la Dupleta que tengan dicho(s) ejemplar(es) en combinación con el ejemplar ganador de la primera carrera de la Dupleta participarán en partes iguales en un Fondo Especial de Consolación. (d) Si el ejemplar 0 ejemplares retirado(s) o impedido(s) de competir en igualdad de condiciones por problemas en sus portones de salidas forma(n) parte de un Field se aplicarán las disposiciones de este Reglamento sobre los Fields. 1310.- Fondo Especial de Consolación: (a) En caso de que un ejemplar o ejemplares a los que se le(s) hubiese seleccionado para la segunda carrera que completa la Dupleta y el/los mismo(s) fuese(n) retirado(s) luego de que las apuestas fueran cerradas para la primera carrera de esa Dupleta, la carrera celebrada y el orden de llegada oficial fue establecido con un ganador o ganadores; entonces, todas las apuestas combinando el ganador O ganadores de la primera carrera con el ejemplar O ejemplares retirados en la segunda carrera de la Dupleta envuelta, serán separadas para recibir un Pago Especial de Consolación. (b) En el cómputo del pago del dividendo especial de consolación, el total de la jugada neta hecha para la Dupleta O Dupletas envueltas será dividida entre la suma del total apostado al ganador O ganadores oficial(es) de la primera carrera de esta Dupleta y lo apostado a todos los ejemplares de la segunda carrera; y de dicha suma se determinará el total del Fondo Especial de Consolación; disponiéndose, que el dividendo de consolación, por dólar, será la división del 28 Total Neto Apostado a esa Dupleta entre el total del Fondo Especial de Consolación. (c) El pago del Fondo Especial de Consolación se deducirá del Total Neto Apostado en esta Dupleta antes de computar y distribuir el pago para la Dupleta oficial ganadora de estas carreras. (d) Los casos de empates en la primera carrera de una Dupleta, incluyendo cualesquiera intereses separados para las apuestas cuando exista un retiro para la segunda carrera de esa Dupleta, resultarán en un Pago de Consolación ("Dupleta de Consolación"), calculado cada uno de los ejemplares del empate como una división en partes iguales del total a pagar. (e) En el caso de que una o más de las jaulas del Portón de Salidas ("Starting Gate") no se abra(n) en igualdad de condiciones que las demás, el Juez de Salidas informará de inmediato al Jurado Hípico, quien luego de verificar, determinará si procede declarar "No Salidor(es)" ("Non Starter(s)") a ese O esos ejemplar(es) de la competencia. (f) De ocurrir esta situación en la primera carrera, el total de dinero apostado a ellos en la Dupleta será devuelto, y de ocurrir en la segunda carrera de la Dupleta se le aplicará las mismas reglas descritas en esta sección; disponiéndose, que de ocurrir, tendrá derecho a un Pago de Consolación. 1311.- Fields: (a) Los ejemplares inscritos en el Field de una o ambas carreras de esa Dupleta serán incluidos en ésta. 29 (b) En caso de que parte del Field sea retirado y al menos uno de los ejemplares del Field permanezca y participe en su carrera correspondiente, no se devolverá dinero alguno apostado en la Dupleta y se considerará válido el Field para efectos de las apuestas.
Regl. 8945, art. XIII: DUPLETA. | Justis AI