Regl. 8961
RESOLUCION NUMERO 2017-014, AUTORIZANDO AL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AUTORIDAD DE LOS PUERTOS A DEROGAR EL REGLAMENTO 8890 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2016, CONOCIDO COMO "ENMIENDA AL REGLAMENTO PARA LA OTORGACION DE PERMISO DE USO Y ARRENDAMIENTO EXTRAORDINARIO Y TEMPORAL DE INSTALACIONES DE LA AUTORIDAD DE LOS PUERTOS".
Cite as Reglamento Núm. 8961
8961
DE
Fecha: 17 de mayo de 2017
OBIERNO
Secretario de Estado
Autoridad de los Puertos
JUNTA DE DIRECTORES
Por: Eduardo Arosemena Muñoz
Secretario Auxiliar
En Reunión Ordinaria de la Junta de Directores de la Autoridad de los Puertos, citada y
celebrada el 28 de febrero de 2017, por unanimidad de los Miembros se aprobó la
siguiente Resolución.
RESOLUCIÓN NÚMERO 2017-014
POR CUANTO: El Director Ejecutivo de la Autoridad de los Puertos sometió el
siguiente asunto ante la consideración de la Junta de Directores:
POR CUANTO: El Director Ejecutivo de la Autoridad de los Puertos sometió solicitud
ante la Autoridad de los Puertos de Puerto Rico para derogar las enmiendas al
Reglamento de eventos especiales aprobado previamente por esta Junta mediante la
Resolución 2016-055 del 24 de octubre de 2016, a los efectos de mantener la vigencia
del Reglamento 8751 aprobado el 17 de mayo de 2016 (en su totalidad).
POR CUANTO: Explicó el Lcdo. Omar Marrero Díaz, Director Ejecutivo de la Autoridad
de los Puertos de Puerto Rico (Autoridad), las enmiendas al Reglamento 8751 deben
ser derogadas ya que las mismas establecieron una tarifa fija de $10,924 para los días
de celebración de eventos aeronáuticos y/o marítimos, más en adición la cantidad de
$5,462 (Tarifa con 50% de descuento) como incentivo promocional por el uso de las
instalaciones de la Autoridad de los Puertos cada día adicional. Dichas fueron
aprobadas sin haber mediado un análisis ni estudio sobre el impacto económico
(positivo/negativo) que estas enmiendas representan para la Autoridad de los Puertos.
POR CUANTO: Atendiendo los méritos de los argumentos expuestos por el Director
Ejecutivo de la Autoridad de los Puertos.
POR TANTO: Nosotros los miembros de la Junta de Directores, en virtud de los
poderes inherentes conferidos en la Ley núm. 125, aprobada el 7 de mayo de 1942,
según enmendada y en los Estatutos Corporativos ("By-Laws"), de la Autoridad de los
Puertos, según enmendados, aprobamos lo siguiente:
RESUÉLVASE: Derogar las enmiendas al Reglamento de eventos especiales
aprobado previamente por esta Junta mediante la Resolución 2016-055 del 24 de
octubre de 2016, a los efectos de mantener la vigencia del Reglamento 8751 aprobado
el 17 de mayo de 2016 (en su totalidad).
Dada en San Juan Puerto Rico, hoy 28 de febrero de 2017.
Sr. Luis R. González Rosario
Hon. Manuel Laboy Rivera
Presidente y Secretario Interino
Secretario, Junta de Directores
Departamento de Transportación
y Obras Públicas