Regl. 3791
Procedimiento de Compra.
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Cite as Reglamento Núm. 3791
3791
NAVIERAS
7 de Fecha
AUTORIDAD DE LAS NAVIERAS DE PUERTO RICO
Secretario de Estado
APARTADO 71105 SAN JUAN, PUERTO RICO 00938 Por:
Número de Teletipo 3859777
Secretaria Auxiliar de Estado
CABLE: NAVIERAS
TEL. (809) 754-6566
Procedimiento de Compras y Subastas
Disposiciones Generales:
Todas las compras y contratos de suministros y/o servicios excepto los que
se detallan más adelante deberán hacerse mediante anuncio de subasta con suficiente antelación a la fecha de apertura de pliegos de propuestas de suerte que
se asegure el adecuado conocimiento y oportunidad de concurrencia.
Exclusiones:
1) Cuando la suma estimada para la adquisición o obra no exceda de diez
mil ($10,000) dólares.
2) Cuando se necesiten piezas de repuesto, accesorios, equipo o servicios
suplementarios para efectos o servicios previamente suministrados o
contratados incluyendo aquà aquellos servicios que son suplementarios
a la operación del sistema de transportación marÃtima.
3) Cuando se requieran servicios o trabajos de profesionales o de expertos
y la Autoridad estime que como una buena práctica de administración
tales servicios O trabajos deban contratarse sin mediar tales anuncios.
4) Cuando los precios no estén sujetos a competencia debido a:
a) Que solamente haya una fuente de suministro.
b) Que los precios estén regulados por ley.
5) Cuando la compra sea de:
a) Contratos para embarcaciones incluyendo en esta excepción no
solamente la compra, sino también el alquiler de cualquier
tipo; el arrendamiento sea por tiempo o por viajes y cualquier
otra forma de adquirir los servicios de cualquier tipo de
embarcación.
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b) Equipo Operacional Entiéndase por equipo operacional lo
siguiente:
i) Grúas y accesorios de éstas
ii) Equipo normal y necesario de un barco
iii) Equipo de oficina y otros relacionados con la
administración del sistema marÃtimo.
No se considerarán como equipos operacionales los siguientes:
i) Tractores de cualquier tipo
ii) Neveras, Plataformas, "Vanes" de todos tipos y tamaños.
c) Facilidades de terminales marÃtimos
d) Servicios Personales y Administrativos
Las cuatro exclusiones enumeradas anteriormente, aún cuando no requieren un
procedimiento de subasta, deberán llevarse a cabo de conformidad con las prácticas
usuales y acostumbradas en la industria marÃtima y velando siempre por la mejor
utilización de los fondos disponibles.
6) Cuando debido a una emergencia se requiera una entrega inmediata de
materiales, efectos y equipo O ejecución de servicios. Para los efectos
de este reglamento se entenderá por emergencia lo siguiente:
a) Situaciones de extrema urgencia, que de no atenderse inmediatamente, pueden resultar en detrimento de los servicios
rendidos por las compañÃas operadoras O por la Autoridad, ocasionar
demoras graves en la construcción O causar daños mayores a la
propiedad de la Autoridad.
Fuera de las exclusiones señaladas anteriormente se dispone lo siguiente:
1) Las compañÃas operadoras podrán hacer compras hasta un máximo de $50,000
sin el consentimiento especÃfico de la Autoridad pero siguiendo el procedimiento establecido en este reglamento para compras en exceso de $10,000.
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2) Todas las compras de bienes y/o servicios en exceso de cincuenta mil
($50,000) y aquellas menores de $50,000 que la Autoridad asà indique
deberán ser sometidas a la Autoridad para su aprobación antes de hacer
cualquier tipo de arreglo sea verbal O escrito.
3) Las compañÃas operadoras podrán de tiempo en tiempo hacer contratos
de servicios gerenciales con su compañÃa matriz, compañÃas afiliadas o
subsidiarias sin la necesidad de una subasta, sin embargo, estos contratos deberán ser aprobados por la Autoridad por escrito.
Procedimiento de Subastas
Publicación de Subastas
En los casos en que por disposiciones de la Ley de la Autoridad y sus
Estatutos Internos se requiera el procedimiento de subasta para la compra de
materiales y equipo, la Autoridad envÃa invitaciónes a subastas al número mayor
de suplidores de dichos materiales y equipos posible. Estas invitaciones son
publicadas además, en lugar prominente en los tablones de edicto de la compañÃa
concernida, en caso de que sea la Autoridad quien está comprando en los tablones
de edictos de la División de Personal y Servicios.
Copias adicionales de estas invitaciones son mantenidas a la disposición de
cualquier otro suplidor que desee concurrir a la subasta y que no esté incluÃdo
en la lista de suplidores.
PerÃodo MÃnimo para el EnvÃo de Invitaciones
La fecha de publicación de las invitaciones a subasta es fijada por el
Oficial Comprador con suficiente antelación a la fecha en que se abran las
subastas.
Se considera que las invitaciones han sido cursadas con la suficiente antelación cuando las mismas se envian con no menos de cinco dÃas de anticipación además
de:
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a) El tiempo necesario para que las invitaciones lleguen al destinatario.
b) El tiempo necesario para que las licitaciones enviadas por los
licitantes lleguen a la Autoridad, o a la compañÃa concernida.
c) En caso de requisiciones de compras que envuelvan especificaciones
altamente técnicas, el tiempo que razonablemente juzgue el oficial
comprador que sea requerido por los licitadores para analizar y someter
su oferta. Este perÃodo de tiempo no será menor de cinco dÃas
Requisitos de la Invitación a Subasta
Las invitaciones a subastas especifican la fecha, hora y lugar en que se
abrirán las subastas, contienen además una descripción adecuada del material o
equipo a ser adquirido y las condiciones de compra. Requieren en adición que los
licitadores suministren cualquier otra información necesaria y conveniente para
que se efectúe la compra según las leyes y reglamentos de la Autoridad y/o la
compañÃa concernida.
Fianzas
En el procedimiento de compra se requieren las siguientes fianzas:
a) Fianzas de Licitación (Bid Bond)- Estas fianzas son requeridas a discreción del Oficial Comprador para asegurar que el licitador agraciado cumpla
con su oferta.
De exigirse esta fianza su importe no será menor del 10% del valor de la
licitación.
b) Fianzas de Ejecución (Performance Bond)- Estas fianzas son requeridas
para asegurar el cumplimiento de contratos. Queda a discreción del
Oficial Comprador el requerirlas en contratos desde $10,000 hasta $50,000.
Sobre ese lÃmite su exigencia es mandatoria.
c) Fianzas de Pago (Payment Bond)- Estas fianzas son requeridas en contratos
de construcción y de otros servicios con valor de $10,000 en adelante con
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el propósito de garantizar el pago de jornales y materiales en obras
contratadas por la Autoridad.
En obras de menor cuantÃa, su exigencia queda a discreción del Oficial
Comprador.
Formularios Utilizados para las Invitaciones
Para efectos de enviar licitaciones se deberá usar la Forma 101B (Solicitud
de Licitación y Aceptación)
Recibo de Licitaciones
Las ofertas selladas de los licitadores son aceptadas desde la fecha de
envÃo de las invitaciones hasta la fecha lÃmite establecida para abrir la subasta.
Las ofertas traÃdas a la mano son selladas con la fecha de recibo por la Sección
de Correos O la persona encargada antes de ser enviadas al Comprador concernido.
Una vez recibidas dichas ofertas, las mismas son cotejadas contra el número
de la invitación y la fecha de apertura de la subasta. Luego las ofertas son
archivadas cerradas hasta el dÃa en que sea abierta la subasta.
Apertura de las Licitaciones
En el dÃa y hora fijados para la apertura de la subasta el Comprador a cargo
presenta todas las ofertas selladas, las cuales son abiertas en presencia del
publico asistente. Todos los participantes y observadores de la apertura de la
subasta firman el Registro de Visitantes anotando además el nombre de la firma
O compañÃa con quien trabaja O a quien representa y su tÃtulo oficial.
Una vez abiertas las licitaciones, éstas pueden ser examinadas por todos los
presentes. Esta es la oportunidad para que todos los presentes examinen todas las
ofertas hechas y tomen nota de cualquier información que juzguen conveniente.
Licitaciones Tardias
La Autoridad prefiere que las licitaciones se reciban con anterioridad a la
fecha y hora fijadas para la apertura de las subastas. Las licitaciones depositadas
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a tiempo en e1 correo pueden ser aceptadas si se reciben en la Autoridad o la
compañÃa concernida dentro de un tiempo no mayor de 5 dÃas después de la fecha
y hora de apertura, de quedar demostrado por el matasellos postal que se
enviaron a tiempo.
En caso de que la Autoridad decida considerar dichas licitaciones, enviadas
a tiempo pero recibidas dentro del lÃmite de 5 dÃas especificado, éstas deberán
llenar el requisito siguiente:
a) Que vengan del correo selladas el dÃa anterior al dÃa señalado
para abrir las licitaciones y que vengan del correo mataselladas
"PM" en los casos de subastas para abrirse en la mañana del dÃa
siguiente a la fecha de cancelación postal.
Las ofertas recibidas una vez vencido el perÃodo lÃmite establecido son
devueltas al licitador sin abrir con un comentario explicativo al efecto.
Adjudicaciones de Subastas
Las subastas cuyo valor estimado fluctúe entre diez mil ($10,000) y cincuenta
mil ($50,000) dólares estarán sujetas al siguiente procedimiento de adjudicación.
a) El comprador a cargo de la subasta somete una copia de cada una
de las licitaciones recibidas al jefe de la División quien solicitó
los materiales y/o servicios.
Recomendación de Adjudicación
La persona que origina la requisición objeto de subasta es responsable de
examinar detalladamente las licitaciones recibidas de su jefe de División y enviar
a éste sus comentarios y recomendación. El jefe de División examina los comentarios y determina si las propuestas llenan a cabalidad las especificaciones requeridas.
El jefe de la División donde se origina la requisición, O su representante
autorizado, somete sus recomendaciones por memorando al comprador concernido para
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la emisión de la correspondiente orden de compra. Estas recomendaciones son de
carácter confidencial y no deben en forma alguna trascender al público.
En caso de que la recomendación del jefe de la División no sea la misma que
la del comprador concernido, se someterán ambas recomendaciones a los siguientes:
a) A1 Gerente General 0 su representante autorizado en caso de las
compañias operadoras.
b) A1 Director de Finanzas en caso de la Autoridad como tal.
Las decisiones que se tomen en cada uno de estos casos deben emitirse por
escrito y con copia al Auditor Interno de la Autoridad. Deberá asimismo enviarse
copia al Auditor de todos los casos en que no se llegue a un acuerdo en el primer
nivel decisional, esto es, entre el jefe de la División y el comprador concernido.
Subastas en exceso de Cincuenta Mil Dólares ($50,000)
Todas las compras de bienes y/o servicios cuyo valor estimado sea en exceso
de Cincuenta Mil Dólares ($50,000) deben ser aprobadas por la Autoridad como tal.
A los efectos de descargar esta responsabilidad, la Autoridad tendrá un
Comité de Subastas el cual estará compuesto por los siguientes funcionarios:
a) Subdirector Ejecutivo - Finanzas
b) Director Ejecutivo Auxiliar Estudios Económicos
c) Asesor Legal General
Este comité estará presidido por el Subdirector Ejecutivo y deberá levantar
un acta de cada una de sus reuniones. A esos efectos, la secretaria del
Subdirector Ejecutivo actuará como secretaria del Comité y en su ausencia, la
secretaria de cualquiera de los otros miembros del Comité la sustituirá.
E1 Comité de Subastas al analizar las propuestas podrá requerir el asesoramiento técnico que estime necesario, disponiêndose sin embargo, que ningún asesor
sea consultor externo 0 un empleado de la Autoridad 0 de las compañÃas operadoras
podrá estar presente en las deliberaciones y el proceso decisional del Comité.
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Lucgo de llocar a una decisión se cometerá una recomondación por escrito
al Director Ejecutivo quien podrá accptar o rechazur la recomendación del
Condts.
En caso de accptar la recomendación del Comitc, se enviará la decisión al
jefc de la División de Personal y Servicios quien se encargará de procesar los
documentos según sea el caso.
Cuando cl Director Ejecutivo rechase la. recomendación del Comité le enviará
un memorando explicando su punto de vista y las razones que tuvo para tomar una
decisión diferente a la recomendación del Comité. El Comité podrá volverse a
reunir y estudiar los comenterios del Director Ejecutivo y podrá alterar o carbiar
su recomendación original a la luz de los comentarios del Director Ejecutivo.
En caso de que el Comité no esté de acuerdo con la decisión del Director
Ejecutivo, deberá hacerlo constar en el acta, disponiéndose que en todo momento
la decisión del Director Ejecutivo será final,
Tanto cl Comité de Subactas como el Director Ejecutivo y cualquier otro
funcionario al comparar propuestas y haccr adjudicaciones deberán dar debida
consideración a los siguientes factores (Además de si el postor ha cumplido con lus
especificaciones):
1) La habilidad dcl postor para realizar trabajos de construcción de la
naturaleza envuclta en cl contrato bajo consideración.
2) La calided y adaptabilidad relativa de los materiales, efectos, equipo o
servicios.
3) La responsabilidad económica del licitador y su pericia, experincia,
reputación e integridad comercial y habilidad para prestar servicios de
reporación y conservación.
4) E1 ticmpo de entrega o de ejecución que se ofrezca y si cl lugar de
manufactura de los materiales, efectos y equipo radica on Puerto Rico.
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5) E1 precio por el cual se ofrece suplir los materiales y/o servicios.
Tramitación de la Orden de Compra
Luego de aceptada la subasta el comprador concernido prepara y envia una
orden de compra al suplidor a quien se otorga la buena pro en la subasta.
La orden de compra es preparada en la Forma 101C en siete copias, las cuales
son distribuidas de la siguiente forma:
Original
A1 vendedor
1ra. copia:
A la Oficina que la origina
2da. copia:
A1 Archivo de Ordenes
3ra. copia:
Area de Finanzas
Vigencia
Este manual de procedimiento entrará en vigor inmediatamente después de su
aprobación.
Autoridad Legal
Se aprueba al amparo de la Ley Núm. 62 del 10 de junio de 1974.
Aprobado (Según Enmendado)
Reglamento Original 1974
Enmendado el dia 6 de febrero de 1989
Esteban Dávila Diaz
Director Ejecutivo