Regl. 9174, art. 4.1
Violaciones
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Cite as Reglamento Núm. 9174, Art. 4.1
A. Los dueños y/o administradores de cualquier Negocio que tuviere dentro de sus
facilidades o que permitiese el funcionamiento de máquinas vendedoras de las
que pudieren usarse con fines de juegos de azar o loterÃa, y de las conocidas por
el nombre de traganÃqueles, que no ostenten Licencia y Marbete vigente de
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Máquinas de Juegos de Azar en Ruta, incurrirán en un delito menos grave y se le
impondrán las penas señaladas esta la Ley.