Regl. 9174, art. 6.1

Coordinación Interagencial

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Cite as Reglamento Núm. 9174, Art. 6.1

A. El Director Ejecutivo de la Compañía/Director Ejecutivo de la Comisión de Juegos podrá establecer con el Secretario del Departamento de Hacienda, el Departamento de Justicia, el Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico o cualquier otra entidad gubernamental, incluyendo con los municipios, todo tipo de acuerdos para implementar las disposiciones de la Ley y este Reglamento, incluyendo la intervención coordinada de los representantes de la Compañía/Comisión de Juegos, los Agentes de Rentas Internas del Departamento de Hacienda y Agentes del orden público, en las inspecciones e intervenciones con los Negocios que posean Máquinas de Juegos de Azar en Ruta. B. Asimismo, el Director Ejecutivo/Director Ejecutivo de la Comisión de Juegos establecerá acuerdos con los gobiernos municipales y cualquiera otra agencia estatal o federal para fiscalizar y velar por el cumplimiento de la Ley y este Reglamento.
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