Regl. 9175, art. 2.8

Solicitud de renovación de Licencia

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Cite as Reglamento Núm. 9175, Art. 2.8

Toda aquella persona que haya obtenido una Licencia expedida por la Compañía/Comisión de Juegos tendrá que renovar la misma ante la División/Comisión en conformidad con las disposiciones de la Ley y este Reglamento. Toda Solicitud de renovación de Licencia deberá incorporar la misma documentación requerida en la Sección 2.4 de este Reglamento y ser sometida no más tarde de los noventa (90) días antes de la fecha de expiración de dicha Licencia.
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