Puerto Rico · Statutes
Ley del Comité Interagencial de Acción P
9 sections
9 sections
- Ley 26-1974 art. 1Artículo 1. Se crea un comité compuesto por representantes del Departamento de la Vivienda, Departamento de Hacienda, Departamento de Justicia, Junta de Planificación, Municipio de Guaynabo y dos ciudadanos; un
- Ley 26-1974 art. 2Artículo 2. Este Comité estará presidido por el Secretario de la Vivienda o su representante y tendrá las siguientes encomiendas: 1
- Ley 26-1974 art. 3Artículo 3. Este Comité trabajará para cumplir con los propósitos de esta ley dentro de la siguiente área geográfica del pueblo de Guaynabo, que se conocerá como el ámbito del proyecto
- Ley 26-1974 art. 4Artículo 4. Todos los artículos de los distintos reglamentos de la Junta de Planificación que no estén en armonía, para que los poseedores de hecho y usufructuarios de estos solares cubiertos por esta ley, adqu
- Ley 26-1974 art. 5Artículo 5.
- Ley 26-1974 art. 6Artículo 6. En la venta de estos solares aplicarán las siguientes normas: a
- Ley 26-1974 art. 7Artículo 7. En aquellos casos en que sea necesario el realojo de algunas familias, el Departamento de la Vivienda asumirá los gastos necesarios para brindar a las familias la solución más humana posible y hasta
- Ley 26-1974 art. 8Artículo 8. Para los propósitos de esta ley se asignan de fondos no comprometidos del Tesoro Estatal, la suma de $25,000 al Departamento de la Vivienda
- Ley 26-1974 art. 9Artículo 9.