Ley 217-1948 art. 2
Artículo 2.
El Secretario de Transportación y Obras Públicas podrá organizar en su Departamento una oficina para llevar a cabo el trabajo de diseño previamente desempeñado por la oficina del Comité para Diseño de Obras Públicas. Por la presente se autoriza al Secretario de Transportación y Obras Rev. 15 de abril de 2024 www.ogp.pr.gov Página 1 de 5 Ley de la División de Diseño de Obras Públicas en el DTOP [Ley 217 de 15 de mayo de 1948, según enmendada] Públicas a transferir aquel personal que él crea necesario y que esté empleado en el diseño de edificios públicos de la División de Edificios Públicos y Obras Municipales del Departamento de Transportación y Obras Públicas a la arriba mencionada oficina.