Ley 217-1948 art. 3

Artículo 3.

Year: 1948Length: 132 wordsOfficial source
Toda la propiedad, equipo, materiales, enseres, y planos y especificaciones en diferentes etapas de terminación, del Comité para Diseño de Obras Públicas creado por la Ley Núm. 321, aprobada el 15 de mayo de 1945, según fuera enmendada por la Ley Núm. 496, aprobada el 30 de abril de 1946, por la presente quedan transferidos a la nuevamente creada División de Diseño del Departamento de lo Interior [Nota: Sustituido por el Departamento de Transportación y Obras Públicas]. Todos los derechos y privilegios del personal existente del Comité para Diseño de Obras Públicas, en relación con el status en el servicio civil, pensiones, y vacaciones anuales y por enfermedad, serán mantenidos por el término que sean consistentes con las leyes y reglamentos de la Oficina de Personal del Gobierno Insular de Puerto Rico.
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