Ley 213-2010 sec. 21.01
Sección 21.01.
Se prohíbe que los municipios se autoproclamen como municipio con iniciativas verdes o se promocionen con frases que puedan hacer referencia o alusivas a iniciativas verdes. Sólo los municipios con designaciones vigentes como municipios con iniciativas verdes podrán promocionarse como tal. El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales velará por el estricto cumplimiento de esta disposición. Esta disposición no limitará a los municipios a llevar a cabo planes, alianzas, proyectos, programas, aprobación de ordenanzas, implantación de política y cualquier tipo de actividad de índole ambiental. Artículo 22. — Sanciones.