Ley 225-1999 art. 11

Artículo 11. Si luego de realizar los estudios requeridos para llevar a cabo el Plan de Rehabilitación de la Comunidad Juana Matos, se determinase que todo o parte de los terrenos en que está sita la Comunidad n

Last amended: 1999Year: 1999Length: 55 wordsOfficial source
o son aptos para la construcción de viviendas, el Municipio de Cataño podrá ofrecerle la opción de aceptar viviendas en terrenos aledaños a la Comunidad, que hayan sido adquiridos para estos fines. Aquellos terrenos que no puedan ser utilizados para vivienda, se utilizarán, siempre y cuando cualifiquen, para facilidades recreativas o deportivas para la Comunidad.
Ley 225-1999 art. 11: Artículo 11. Si luego de realizar los estudios requeridos para llevar a cabo el Plan de Rehabilitación de la Comunidad Juana Matos, se determinase que todo o parte de los terrenos en que está sita la Comunidad n | Justis AI