Puerto Rico · Statutes
Comunidad Juana Matos
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- Ley 225-1999 art. 1Artículo 1. Se establece como política pública del Gobierno de Puerto Rico el reconocimiento de los derechos adquiridos por los residentes de la Comunidad Juana Matos, localizada en el municipio de Cataño, y de
- Ley 225-1999 art. 2Artículo 2. Por “Comunidad Juana Matos” se entenderá aquella comunidad establecida en el término municipal de Cataño y que ocupa la porción de terreno cuyo frente da a la Carretera Estatal Núm
- Ley 225-1999 art. 3Artículo 3. El Departamento de la Vivienda, en común acuerdo con el Municipio de Cataño, preparará un plano de los lindes territoriales de la Comunidad Juana Matos dentro de los sesenta (60) días de aprobada es
- Ley 225-1999 art. 4Artículo 4. No más tarde de noventa (90) días a partir de la cesión de los terrenos, el Municipio de Cataño realizará, a su costo, un inventario de las estructuras que han sido edificadas en el mencionado secto
- Ley 225-1999 art. 5Artículo 5. No más tarde de 180 días luego de finalizado el proceso de inventario de lotes y sus propietarios, dispuesto en el Artículo 4 de la Ley, el municipio de Cataño procederá a efectuar un Plan de Rehabi
- Ley 225-1999 art. 6Artículo 6. La cesión de propiedades y el otorgamiento de los correspondientes títulos por el Municipio de Cataño se hará completamente libre de costo para los adquirentes o cesionarios
- Ley 225-1999 art. 7Artículo 7. El Registrador de la Propiedad inscribirá las escrituras en las cuales consten las cesiones y traspasos de propiedades y títulos contemplados en esta Ley sin necesidad de ningún procedimiento o trám
- Ley 225-1999 art. 8Artículo 8. Los derechos adquiridos por los propietarios o poseedores de lotes, estructuras objeto de esta Ley, serán reconocidos y respetados para todos los fines legales por todas las agencias, departamentos
- Ley 225-1999 art. 9Artículo 9. No más tarde de 180 días, luego de haberse terminado de ejecutar el Plan de Rehabilitación de la Comunidad Juana Matos, el Municipio de Cataño procederá a entregar los títulos de propiedad a los pro
- Ley 225-1999 art. 10Artículo 10.
- Ley 225-1999 art. 11Artículo 11. Si luego de realizar los estudios requeridos para llevar a cabo el Plan de Rehabilitación de la Comunidad Juana Matos, se determinase que todo o parte de los terrenos en que está sita la Comunidad n
- Ley 225-1999 art. 12Artículo 12.