Ley 225-1999 art. 6

Artículo 6. La cesión de propiedades y el otorgamiento de los correspondientes títulos por el Municipio de Cataño se hará completamente libre de costo para los adquirentes o cesionarios

Last amended: 1999Year: 1999Length: 37 wordsOfficial source
Además, las correspondientes escrituras públicas no cancelarán derechos de ninguna clase, ni requerirán para su efectividad y validez de la cancelación de ningún sello o comprobante de rentas internas, con excepción del impuesto notarial establecido por ley.
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