Ley 247-2010 art. 4.2
Artículo 4.2. Requisitos para obtener una licencia
Para obtener una licencia para dedicarse al negocio de corretaje de préstamos hipotecarios bajo este Capítulo, el peticionario deberá: (a) poseer activos líquidos por un valor no menor de diez mil dólares ($10,000.00) para la administración de la oficina principal del negocio y activos líquidos por un valor no menor de cinco mil dólares ($5,000.00) para cada oficina adicional; (b) demostrar que la reputación, solvencia moral y financiera, experiencia, carácter y aptitud general del peticionario y de los socios, directores y oficiales ejecutivos justifiquen el reconocimiento y garanticen la creencia y probabilidad de que el negocio del peticionario será operado honesta y eficientemente y que resultará en beneficio del interés público; (c) cumplir con el requisito de fianza mínima descrita en el Artículo 4.4. de este Capítulo.