Ley 247-2010 art. 6.5

Artículo 6.5. Actualización de otras leyes o reglamentación aplicable

Last amended: 2010Year: 2010Length: 161 wordsOfficial source
Se ordena al Comisionado actualizar, dentro de los ciento veinte (120) días siguientes a la fecha de firmada esta Ley, todos y cada uno de los reglamentos que por esta Ley se enmiendan o derogan, según corresponda. Todo reglamento que por esta Ley, o cualesquiera otras vigentes fuera requerido a la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras, deberán contener, al momento de ser promulgados, las disposiciones de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como la “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme” [Nota: Derogada y sustituida por la Ley 38-2017, “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”], así como la Ley Núm. 454 de 28 de diciembre de 2000, según enmendada, conocida como “Ley de Flexibilidad Administrativa y Reglamentaria para el Pequeño Negocio”. El Comisionado radicará ante la Secretaría de cada Cuerpo de la Asamblea Legislativa copia del mencionado reglamento, y ante el Departamento de Estado, para efectos de información y trámite correspondiente.
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