Ley 247-2010 art. 6.6
ArtÃculo 6.6. Separabilidad
Si cualquier cláusula, párrafo, artÃculo, sección, tÃtulo o parte de esta Ley fuere declarada inconstitucional o defectuosa por un tribunal competente, la sentencia a tal efecto dictada no afectará, perjudicará, ni invalidará el resto de esta Ley. El efecto de dicha sentencia quedará limitado a la cláusula, párrafo, artÃculo, sección, tÃtulo o parte de la misma que asà hubiere sido declarada inconstitucional o defectuosa.