Ley 254-2003 art. 14
ArtÃculo 14. Exhibición y/o despliegue de la licencia
Todo Terapeuta de Masaje y Licenciado Provisional, deberá exhibir su certificado de inscripción o su licencia con su fotografÃa en un lugar conspicuo de la oficina, cabina o lugar de trabajo o del negocio de masaje. El tÃtulo otorgado por la certificación o licencia podrá ser abreviado por el uso de las iniciales del T.M.L.