Ley 254-2003 art. 14

Artículo 14. Exhibición y/o despliegue de la licencia

Last amended: 2003Year: 2003Length: 55 wordsOfficial source
Todo Terapeuta de Masaje y Licenciado Provisional, deberá exhibir su certificado de inscripción o su licencia con su fotografía en un lugar conspicuo de la oficina, cabina o lugar de trabajo o del negocio de masaje. El título otorgado por la certificación o licencia podrá ser abreviado por el uso de las iniciales del T.M.L.
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