Ley 26-1985 art. 13
Artículo 13. Reglas y Reglamentos
Se faculta al Secretario para adoptar las reglas y reglamentos que fueren necesarios para la implantación de esta Ley, incluyendo los requisitos que deberán cumplir los aspirantes al Cuerpo de Seguridad Escolar. Las reglas y reglamentos deberán incluir el requisito de someterse a un adiestramiento durante un período no menor de tres (3) meses en la Academia de la Policía el cual formará parte de su período probatorio. Tales reglamentos estarán conformes a los artículos de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.