Ley 267-1998 art. 11

Artículo 11. Excepciones

Last amended: 1998Year: 1998Length: 344 wordsOfficial source
Las disposiciones del Artículo 5 de esta Ley no aplicarán en las siguientes situaciones: a) labores de entierro en cementerios; b) labores en una estructura o instalación asegurada si el excavador o demoledor opera cada estructura soterrada en la instalación o estructura asegurada; c) actividades realizadas en propiedades privadas relacionadas con labores de agricultura, excepto que si una persona exceptuada por este inciso elige cumplir con esta Ley, y el operador falla en cumplir con la misma, la persona no es responsable al dueño por los daños a la estructura o instalación soterrada; d) excavaciones o demoliciones por o para una persona que: 1) sea dueña, arriende, o tenga un arrendamiento en la propiedad en la cual se lleve a cabo la excavación o demolición; y 2) opere todas las estructuras o instalaciones soterradas localizadas en el sitio de la excavación o demolición. e) estructuras o instalaciones soterradas operadas por el dueño de una estructura o instalación asegurada y que esté localizada en su totalidad dentro de la estructura o instalación asegurada; f) una estructura o instalación que sirve solamente al dueño de dicha estructura o al arrendatario, y que esté localizada solamente en la propiedad del dueño; g) estructura o instalación soterrada que sirve a un cementerio y esté localizada únicamente en el cementerio; h) labores de sustitución de poste de líneas eléctricas cuando el poste a reemplazar se vaya a instalar dentro de un radio de treinta y seis (36) pulgadas partiendo desde el exterior de la estructura existente y las acometidas eléctricas que estén sitas en un área entre el encintado y la estructura; disponiéndose que dicha obras deberán realizarse a igual o menor profundidad que las existentes; i) labores de sustitución de cajas de contadores, acometidas de alcantarillado sanitario y acometidas de agua potable que estén sitas en un área entre el encintado y la estructura; disponiéndose que dichas obras deberán realizarse a igual o menor profundidad que las existentes; j) labores de instalación de acometidas de telecomunicaciones que estén sitas en un área entre el encintado y la estructura.
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